En 2008, Matías Cardozo fue atropellado en San Martín durante una carrera callejera. El conductor, Víctor Hugo Altamirano, fue condenado a 8 años de prisión, una sentencia inédita
Matías Cardozo tenía 23 años cuando perdió la vida a manos de un irresponsable el 16 junio de 2008. Esa noche intentaba cruzar una avenida céntrica del partido bonaerense de San Martín cuando un conductor que corría una picada se lo llevó puesto y lo arrastró 30 metros, antes de darse a la fuga. Su madre, Noemí de Cardozo, comenzó una lucha por erradicar las carreras callejeras. Hoy es titular de la ONG Malditas Picadas.

Víctor Hugo Altamirano, el conductor del vehículo, lleva tres años tras las rejas del penal de Olmos. Cumple una condena de 8 años,  una sentencia "inédita en la instancia de Casación", como definió el abogado de la familia de la víctima,  Diego Diéguez Ontiveros, cuando en 2013 se confirmó el fallo de primera instancia por  "homicidio simple con dolo eventual" decidido un año antes por el Tribunal Oral III de San Martín.

Lo que suele ocurrir en estos casos -y era lo que reclamaba la defensa del imputado-, es que todo termina en la figura de "homicidio culposo", o sea sin intención, como si se tratara de un accidente de tránsito más. El fiscal Rodolfo Domínguez, y los jueces María del Carmen Paz, Miguel Ángel Bacalhau y Julián Descalzo no lo entendieron así y por eso el caso de Cardozo sentó un precedente histórico.

La Sala I del Tribunal de Casación, integrada por los camaristas Benjamín Sal Llarguéz, Víctor Violini y Daniel Carral, mantuvieron la sentencia de los mencionados jueces de San Martín, pero redujeron en cuatro meses la condena a Altamirano.

Para el camarista Sal Llargués "Altamirano conducía su vehículo superando el máximo de velocidad permitida en casi 50%, y competía con otros rodados. Y, dadas las características del lugar (avenida en línea recta, cruce iluminado, vehículo con luces por delante) conocía tanto la presencia de un vehículo, trasladándose a velocidad reglamentaria como la presencia del peatón".

En el fallo, Casación  sostuvo que el vehículo invadió en su carrera el carril contrario, sin dar oportunidad a la víctima para efectuar alguna acción tendiente a evitar ser embestido, cosa que ocurre cuando el auto circulaba a una velocidad entre los 80 y los 96 Kilómetros por hora".

Además entendió que "la conducta del agente activo llevaba ínsita ya un peligro concreto para la seguridad común y prosiguió así para la integridad física de las personas que se encontraban en proximidad del lugar de los hechos".

"El caso de Matías fue considerado como un asesinato en tránsito", valoró Noemí, la mamá de Matías, cuando esta mañana la llamaron de radio Vorterix. "Este caso se tiene que difundir para que los que corren y matan, sepan que van a ir a la cárcel, porque por las calles no se corre".

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