Juan José Campos, de 49 años, fue encontrado culpable por el Tribunal Oral Criminal Nº 7 de los homicidios de Elizabeth Angélica “Romina” Wilson y Estefanía “Abril” Wilson, ocurridos en febrero de 2015.

El doble femicida de Constitución fue condenado a prisión perpetua, en un fallo que contempló, de manera parcial, la solicitud de la pena pedida por el fiscal de juicio, ya que en el caso de la hija de la pareja del imputado, en el veredicto no se hizo hincapié en el agravante de haber cometido el crimen de la chica en un contexto de violencia de género.

Se trata de Juan José Campos, de 49 años, a quien el Tribunal Oral Criminal Nro. 7 halló culpable de los homicidios de Elizabeth Angélica “Romina” Wilson y Estefanía “Abril” Wilson, ocurridos en febrero de 2015.

Antes de conocerse la sentencia, Campos no hizo uso del derecho de emitir sus “últimas palabras” y luego se le permitió ausentarse de la sala de audiencias, donde al leerse la condena se registraron emotivas escenas de abrazos y llantos entre familiares, amigas y compañeras de las víctimas, quienes estuvieron acompañados por representantes de organizaciones sociales y militantes del colectivo #NiUnaMenos.

Los jueces Alejandro Becerra, Gabriel Vega y Gustavo Rofrano coincidieron, aunque no en su totalidad, con lo solicitado en los alegatos por el fiscal Oscar Ciruzzi, quien había pedido la perpetua por el ‘homicidio doblemente agravado por el vínculo y por haber mediado violencia de género’ en el caso de ‘Romina’.

En tanto, por ‘Abril’, sostuvo que también se había tratado de un ‘homicidio agravado por haber mediado violencia de género’, pero los magistrados determinaron que ese crimen configuró un ‘homicidio simple’ en concurso real con el femicidio de su madre.

En ese sentido, el fiscal había aludido durante su exposición final al concepto de ‘femicidio conexo’, que no está tipificado en el Código Penal, pero refiere al crimen de una mujer cometido mientras un hombre intenta matar o mata a otra, en el mismo escenario.

Además, el tribunal rechazó los pedidos que había realizado en su alegato la defensa de Campos, representado por la abogada Marina Soberano, quien antes de solicitar la absolución dijo que la calificación de los femicidios es ‘inconstitucional’ y ‘no tiene razón de ser’, ya que ‘no hay estadísticas’ que justifiquen la incorporación de ese agravante.

Tras la condena, la fiscal Mariela Labozzetta, de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), quien asistió a Ciruzzi durante el proceso, expresó su satisfacción. ‘Salió la perpetua que habíamos pedido’, comentó, agregando que “cuando se introdujo la figura de femicidio en el Código Penal, era difícil que los fallos de esas causas salieran agravados por ese artículo, pero ahora cada vez más se está instalando esa figura’.

‘Esto tiene un doble sentido, porque ayuda a fundamentar la prisión perpetua y a visibilizar la cuestión de género’, agregó Labozzetta, quien consideró ‘necesaria’ la participación de amigos y familiares en este tipo de casos, ‘para involucrarse en esta cuestión, que nos compete a todos y a todas’.

En tanto, Mercedes, una de las amigas de Estefanía que se encontraba en la audiencia, puntualizó que “creo que lo primero que dijimos todas es ‘lo hicimos’, teníamos miedo porque no sabíamos con qué jueces nos íbamos a encontrar, y para nosotras era muy importante. Nos invade la alegría, hay que salir a luchar, porque lamentablemente era posible que este femicida siguiera prófugo (cabe recordar que recién al año siguiente fue detenido en la provincia de Santa Fe, cuando estaba en pareja con otra mujer). Nosotras hicimos que hoy esté acá y que salga corriendo, porque no quiso dar la cara’.

Aparecen en esta nota:

Contacto

Registro ISSN - Propiedad Intelectual: Nº: RL-2025-11499155-APN-DNDA#MJ - Domicilio Legal: Intendente Beguiristain 146 - Sarandí (1872) - Buenos Aires - Argentina Teléfono/Fax: (+5411) 4204-3161/9513 - [email protected]

Edición Nro. 15739

 

Dirección

Propietario: Man Press S.A. - Director: Francisco Nicolás Fascetto © 2017 Copyright Diario Popular - Todos los derechos reservados