El máximo tribunal de Justicia de nuestro país declaró improcedente que el manager de modelos acusado de "proxenetismo premium" sea trasladado a Uruguay, ya que entiende que parte de los hechos por los que se lo imputa sucedieron en Argentina

La extradición a Uruguay de Leandro Santos, el mánager de modelos acusado de encabezar una organización dedicada a la “prostitución VIP”, fue rechazada el viernes por Corte Suprema de Justicia de la Nación, al entender que parte de los hechos que se le imputan también ocurrieron en Argentina, por lo que deberá ser juzgado en nuestro país.

El fallo está fechado el jueves y lleva la firma de los ministros Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti.

En su parte resolutiva, los jueces de la Corte ordenan “revocar la resolución” que dictó el ya fallecido juez federal porteño Claudio Bonadio y “declarar improcedente la extradición de Leandro Ernesto Santos solicitada" por Uruguay.

La decisión del máximo tribunal del país va en línea con lo que opinó en su momento el procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, y lo que solicitó en su apelación la defensa de Santos, a cargo del abogado Alejandro Novak.

Casal había opinado en un dictamen que Santos debía ser juzgado en Argentina por los hechos en que se sustentó el pedido de extradición.

La Corte señala en su fallo que la supuesta actividad delictiva que la justicia uruguaya le atribuía a Santos referente a la “captación de mujeres con fines de explotación sexual” tenía como fases “el reclutamiento en Uruguay, el transporte a Punta del Este y Buenos Aires, lugares de acogida en ambas ciudades y en Montevideo”.

“Todo ello con fines de explotación sexual como ‘precio de la fama’ que las víctimas debían ‘pagar’ para obtener el éxito profesional como modelo”, se describe en el fallo.

“Los antecedentes remitidos por el país requirente dan cuenta, asimismo, que los delitos comprometidos en el sub lite califican de ‘transfronterizos’ cometidos a distancia y que se ejecutaron en ambos países con base en el principio de ubicuidad, al haberse comenzado a ejecutarse en la República Oriental del Uruguay para culminar y agotar el itínere en la República Argentina”, agrega la Corte.

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En el segundo punto resolutivo, el fallo ordena “dar intervención al señor Procurador General de la Nación interino para que haga efectivo el juzgamiento de Leandro Ernesto Santos en Argentina por los hechos en que se sustentó el pedido de extradición”.

Fuentes judiciales indicaron a Télam que Santos ya cuenta con una causa por hechos similares en el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal 7 de Sebastián Casanello.

Santos, dueño de la agencia Latin American Models, fue detenido el 30 de octubre de 2017 por Interpol Argentina por orden del juez Bonadio y a pedido de la jueza de Montevideo Beatriz Larrieu, especializada en Crimen Organizado, quien fue quien solicitó la extradición que ahora la Corte Suprema rechazó.

El empresario estuvo preso un mes hasta que el 1 de diciembre de 2017 fue excarcelado por orden de Sala I de la Cámara Federal.

La causa se hizo pública en febrero de 2012, cuando en Uruguay se desbarató una red de prostitución VIP y explotación sexual de menores de edad con conexiones con Buenos Aires.

De acuerdo a la pesquisa, Santos está acusado de formar parte de una organización internacional en la que se reclutaba a modelos adolescentes, quienes, ante la promesa de una carrera exitosa, dejaban sus hogares, dijeron las fuentes.

Una vez lejos de su país y sus afectos, las chicas eran obligadas, mediante el pago de una suma de dinero, a contactarse con clientes de un estatus económico elevado, algunos de ellos miembros de la farándula argentina.

Testigos de identidad reservada que declararon en la causa aseguraron que eran obligadas a participar en "verdaderas orgías" en galpones del barrio porteño de Palermo y que, previamente, Santos las hacía quedarse en ropa interior para "examinar" si les servían para llevarlas a esas fiestas sexuales.

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