Así lo informó el Boletín Oficial este sábado. Se eliminó la fórmula de fijar como derecho de exportación $4 por dólar exportado para los cereales y otras materias primas, y para los productos más elaborados se definió un porcentual de 9%

El Gobierno Nacional dejó este sábado sin efecto el límite de 4 pesos por dólar a las retenciones agrícolas y subió los derechos de exportación de los granos, a excepción de la soja, al 9%.

"Déjase sin efecto el límite de $ 4 por cada dólar estadounidense, establecido en el artículo 2° del Decreto N° 793 del 3 de septiembre de 2018 y sus modificaciones", fijó hoy el Boletín Oficial a través del decreto 37/2019.

En el mismo decreto estableció que "la alícuota del derecho de exportación establecido en el artículo 1º del Decreto N° 793/18 y sus modificaciones será del 9%".

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De esta manera, el maíz, el trigo y lo demás granos pasarán a tener retenciones del 9%, mientras que la de la soja se ubicará en torno al 27%.

Por otro lado, en la resolución 196/2019 de Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, suspenderá el 16 de diciembre el registro de Declaraciones Juradas de Ventas al Exterior (DJVE).

"Suspéndese por el día 16 de diciembre del corriente año, la registración de las DJVE a la que se refiere el artículo 2° de la Resolución N° 128/19", indicó la resolución.

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