Diputados de la Unión Cívica Radical pidieron al Ejecutivo que prorrogue el plazo para la recategorización obligatoria del Monotributo.

Diputados nacionales de la UCR, encabezados por el cordobés Víctor Hugo Romero, presentaron hoy un proyecto de resolución para solicitarle al Poder Ejecutivo Nacional que prorrogue el vencimiento del período de recategorización obligatoria del Monotributo correspondiente a enero de 2021, previsto para el próximo miércoles.

En el proyecto, los legisladores dijeron que el vencimiento del período de recategorización del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes "debe prorrogarse hasta que se definan nuevos parámetros monetarios para las categorías del año 2021 en adelante y/o la consideración por parte del Congreso de la Nación del proyecto de 'Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes'.

“Solicitamos a AFIP que suspenda la recategorización de Monotributistas del 20 de enero ya que los parámetros monetarios para el 2021 no fueron definidos. En estas condiciones, no se puede exigir la recategorización ya que se está perjudicando a pequeños contribuyentes”, resumió Romero.

El proyecto lleva también la firma de los diputados Gustavo Menna; José Cano; Federico Zamarbide; Gerardo Cipolini; Josefina Mendoza; Aída Ayala; Soledad Carrizo; Ximena García; Lidia Inés Ascarate; Diego Mestre; Albor Cantard; Dolores Martínez; Gonzalo Del Cerro y Estela Regidor.

El martes pasado, fuentes de la Administración Federal de Ingreso Públicos (AFIP) recordaron que los contribuyentes inscriptos en el régimen de monotributo tendrán tiempo hasta el 20 de enero para cumplir con el trámite de recategorización en el caso de que hayan registrado cambios en algunos de los parámetros previstos para la actividad.

El trámite puede realizarse desde la web www.monotributo.afip.gob.ar con CUIT y clave fiscal o desde la aplicación móvil "Mi Monotributo".

"Para realizar el trámite los contribuyentes deberán tener en cuenta los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida, los alquileres devengados en los 12 meses inmediatos anteriores y/o la superficie afectada a la actividad en ese momento", precisaron desde el organismo recaudador.

Además, se recordó que los valores vigentes para realizar la recategorización pueden consultarse en la tabla que se encuentra vigente en la página de la AFIP.

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