Rafecas agregó que el análisis de los acompañados al momento de la presentación de la denuncia, "inhiben el inicio de un proceso penal por cuanto no sólo dejan huérfano de cualquier sustento típico al hecho descripto como una supuesta maniobra de "encubrimiento" y/o "entorpecimiento de la investigación" del atentado a la AMIA destinado a dotar de impunidad a los acusados de nacionalidad iraní, sino que por el contrario, tales evidencias se contraponen de modo categórico al supuesto "plan criminal" denunciado".
"De este modo, todas las supuestas gestiones, tratativas y negociaciones que la denuncia le adjudica a distintas personas que no integran organismos públicos -reflejadas en las escuchas telefónicas aportadas-, quedan –en el mejor de los casos- circunscritas a la antesala del comienzo de ejecución que requiere –como se adelantó- el Derecho Penal para su intervención en el marco de las hipótesis delictivas sostenidas", continúa la resolución.
Respecto de la futura conformación de la "Comisión de la Verdad", el juez detalló que "aquel Acuerdo, que se había firmado a fines de enero de 2013, tuvo una expectativa de gestación (con destino a su futura entrada en vigor) de unas pocas semanas, ya que Irán, según el propio denunciante, abandonó todo interés en el asunto tras el comunicado oficial de Interpol un mes y medio después, el 15 de marzo de 2013. Y efectivamente, transcurridos casi dos años, desde aquel entonces no hubo avance alguno".
En la misma resolución, Rafecas se pregunta "¿Cómo puede un instrumento jurídico que nunca cobró vida constituir un favorecimiento real, una ayuda material concreta prestada –en este caso- a prófugos de la justicia argentina? Si un acto jurídico –en este caso, de Derecho Internacional- por la propia dinámica de las negociaciones y de la diplomacia entre dos Estados, finalmente queda trunco y no surte efectos –en este caso la sanción, al menos formal, de la Comisión de la Verdad- ¿puede así y todo generar consecuencias jurídicas? La respuesta es que no. Y mucho menos, en el ámbito penal".
"Para decirlo en términos llanos. La criatura concebida en el marco del Memorándum, esto es, la "Comisión de la Verdad", nunca pudo nacer. Desde aquel entonces transcurrieron ya dos años. Y luego, fue sepultada, seis meses atrás, a partir de haber sido declarada inconstitucional".
"Con este panorama, ensayar aun así una hipótesis de delito de encubrimiento, realmente, carece de todo asidero. Tanto desde el punto de los hechos, como especialmente, desde el Derecho".