La resolución detalla los argumentos jurídicos que advierten posibles violaciones constitucionales, regresión de derechos laborales y riesgos de daños irreparables si la norma continúa vigente.

El juez Raúl Ojeda fundamentó la suspensión de 82 artículos de la reforma laboral, al considerar que existen “indicios serios y graves” de inconstitucionalidad y una “verosimilitud del derecho calificada” a favor de los planteos de la CGT. Según el fallo, la normativa impulsada por el Gobierno podría vulnerar garantías protegidas por la Constitución Nacional, en especial el artículo 14 bis.

El magistrado advirtió también sobre un peligro en la demora de carácter superlativo y señaló que la aplicación de la ley antes de un pronunciamiento definitivo podría generar “daños irreparables” en millones de relaciones laborales. En ese marco, justificó la medida cautelar como una herramienta para preservar el estado de situación actual y evitar consecuencias jurídicas de difícil reversión.

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En su análisis, Ojeda remarcó que el rol del Poder Judicial es garantizar el respeto a la Constitución incluso frente a leyes sancionadas por el Congreso. “La presunción de legitimidad de la actividad de los poderes públicos sustenta la existencia misma del Estado Constitucional de Derecho”, afirmó, pero aclaró que ello es válido“siempre y cuando se respete la Constitución Nacional, porque de lo contrario sería un título vacío”.

Uno de los ejes centrales del fallo es la posible regresión de derechos laborales. El juez sostuvo que la reforma introduce “modificaciones peyorativas y permanentes” que afectan principios como la protección contra el despido, la progresividad y la libertad sindical, todos con jerarquía constitucional y respaldo en tratados internacionales.

En esa línea, cuestionó cambios concretos de la ley al señalar que, en una evaluación preliminar, implican una “desprotección” del trabajador. Entre ellos mencionó la eliminación del principio “in dubio pro operario”, la flexibilización de la irrenunciabilidad de derechos y la reducción del alcance de la Ley de Contrato de Trabajo, incluyendo la figura de “prestadores independientes” para plataformas.

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Dirigentes y afiliados de la CGT se movilizaron frente al Congreso en rechazo a la reforma laboral impulsada por el Gobierno.

Dirigentes y afiliados de la CGT se movilizaron frente al Congreso en rechazo a la reforma laboral impulsada por el Gobierno.

El fallo también pone el foco en el impacto colectivo de la norma. Ojeda validó la legitimación de la CGT para representar a los trabajadores y definió el caso como una “acción de clase”, al entender que los derechos en juego son “comunes e indivisibles” y trascienden situaciones individuales, alcanzando a todo el sistema laboral argentino.

Otro punto clave es la crítica al Fondo de Asistencia Laboral: el juez advirtió que este mecanismo “no evitaría ni repararía los despidos injustificados” y que su implementación podría incluso afectar recursos de la seguridad social, además de no garantizar una protección efectiva frente a ceses laborales.

Finalmente, Ojeda defendió la necesidad de una medida urgente para evitar inseguridad jurídica. Señaló que permitir la vigencia de la reforma mientras se tramita el caso podría generar un “consumo de derechos” difícil de revertir y afectar tanto a trabajadores como a empleadores. Por eso, sostuvo que la suspensión provisoria es el camino para “llegar a la sentencia definitiva en paz social” y con mayor certeza jurídica.

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