La Cámara Nacional en lo Criminal explicó si WhatsApp es comparable con una cuenta de correo electrónico.

La Cámara Nacional en lo Criminal equiparó el acceso ilegítimo a una cuenta de WhatsApp o correos electrónicos a la violación de correspondencia, y concluyó que es un delito que debe ser investigado por la justicia federal, informaron fuentes vinculadas a la causa.

El sumario se inició cuando, por fallecimiento de su pareja, una mujer identificada en la causa como N.B.A. tuvo que entregar sus líneas telefónicas y correos electrónicos porque estaban a nombre de la empresa de quien fuera su compañero durante casi dos décadas.

La mujer expuso que hace tres meses advirtió que alguien seguía utilizando su línea de WhatsApp, y que habría accedido a sus mensajes como a su correo electrónico, donde poseía información de índole personal, profesional y privada, a la vez que le modificaron sus contraseñas.

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Acceso ilegal a WhatsApp: ¿puede intervenir la Justicia?

Acceso ilegal a WhatsApp: ¿puede intervenir la Justicia?

La Sala VII de la Cámara consideró se trata de un caso de comunicación electrónica y recordó que según la Corte Suprema de Justicia de la Nación el acceso ilegítimo a ese tipo de comunicación podría configurar una violación de correspondencia, delito de exclusiva competencia del fuero federal.

La resolución que revocó la de primera instancia fue firmada por el camarista Mariano Scotto.

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