Cristian Girard, director de ARBA, explicó que “hicimos una reingeniería de nuestro plan permanente de pago para adaptarlo al contexto actual, que es una etapa de pospandemia en la que ya retomamos la normalidad”.
En ese sentido, señaló que “si bien estamos dando vuelta la página, para dejar atrás las moratorias y los beneficios especiales que implementamos desde la Provincia durante la crisis generada por el Covid, somos conscientes de que tenemos que seguir acompañando a quienes tuvieron dificultades para cumplir, flexibilizando las condiciones para que puedan ponerse al día”.
“Por eso, esta adecuación del plan contempla una extensión de plazos para financiar deudas y brinda un alivio a quienes enfrentan medidas cautelares. La intención es que las y los contribuyentes que deban impuestos tengan la posibilidad de regularizar su situación con más facilidades de pago”, subrayó Girard.
Según la resolución normativa 07/22 de ARBA publicada hoy en el Boletín Oficial de la Provincia, el plan permanente de regularización estará vigente desde el próximo 4 de abril y se extenderá a los impuestos Inmobiliario (Básico y Complementario), Automotores, Embarcaciones Deportivas, Ingresos Brutos y Sellos.
Abarcará aquellas deudas con el fisco bonaerense vencidas al 31 de diciembre de 2021, ya sea en etapa prejudicial o judicial, o bien en proceso de fiscalización, y también comprenderá a todos los planes de pago que se encuentren caducos a esa fecha.
Hasta el momento, el programa permanente sólo incluía la posibilidad de regularizar deudas devengadas al 31 de agosto del año anterior, por lo que su extensión hasta el final de diciembre permitirá financiar una mayor cantidad de cuotas impagas.
Las deudas prejudiciales contarán con opciones de pago de hasta 60 cuotas. En tanto que el financiamiento para las que están en proceso de fiscalización o en instancia judicial llegará a un máximo de 48 cuotas, ampliando las facilidades que existían anteriormente. En todos los casos, se requerirá abonar un anticipo del 5%.
Respecto de las medidas cautelares que enfrentan quienes se encuentran en etapa judicial, se establece en la resolución que para lograr el levantamiento deberán regularizar la totalidad de la deuda y tener abonado un importe equivalente al 10% del plan.
Sobre este punto, Girard destacó que “se trata de un beneficio muy importante que favorecerá en especial a las pymes y contribuyentes de ingresos bajos y medios, ya que en los programas anteriores para lograr el levantamiento de las medidas cautelares se necesitaba tener abonado el 30% del total del plan”.
“Ahora, cumpliendo solamente con el pago del 10% de la deuda regularizada podrán levantar las cautelares y disponer de esos fondos o activos que se encontraban inmovilizados”, explicó el director de ARBA.
Para conocer más detalles del programa, realizar consultas o tramitar su adhesión a través de la web, las y los contribuyentes deberán ingresar en arba.gob.ar. Quienes prefieran la gestión presencial, tendrán la opción de concurrir a cualquiera de los centros de servicio de la Agencia de Recaudación.
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