ARCA habilitó la primera recategorización del Monotributo, con nuevos topes, cuotas ajustadas inflación, y plazo para realizar el trámite hasta el 5 de febrero.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó la primera recategorización del año para los contribuyentes del Monotributo. El trámite podrá realizarse hasta el 5 de febrero y es obligatorio para quienes deban modificar su categoría según la facturación y otros parámetros de los últimos 12 meses.
La recategorización determina el monto de la cuota que se abonará durante el próximo semestre, en función de la facturación máxima registrada en el período anual previo. Desde ARCA indicaron que los monotributistas podrán visualizar de manera automática los montos correspondientes y tendrán la opción de aceptar la nueva categoría sugerida o corregirla de acuerdo con los ingresos reales percibidos.
El proceso se habilitó luego de que el organismo confirmara una actualización del 14,28% en los topes de facturación, las cuotas mensuales y otros parámetros del régimen simplificado, como los alquileres devengados. La modificación responde a la inflación acumulada durante el segundo semestre de 2025 y tendrá impacto en los pagos a partir de febrero.
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Para definir si corresponde recategorizarse, los contribuyentes deben analizar la actividad desarrollada en los últimos 12 meses, teniendo en cuenta no solo la facturación, sino también otros criterios como la superficie afectada a la actividad, los alquileres anuales y el consumo de energía eléctrica. Cuando alguno de estos parámetros supera o queda por debajo de los límites de la categoría vigente, corresponde realizar el trámite ante ARCA.
Para hacer la recategorización en el Monotributo, los contribuyentes tienen tiempo hasta el 5 de febrero. Para eso, deben seguir los siguientes pasos:
Desde 2025, la tabla del Monotributo se ajusta en enero y julio según la inflación del semestre anterior. Con un alza acumulada de 14,28% para el IPC julio-diciembre, los nuevos topes de facturación anual desde enero 2026 son:
A partir de febrero de 2025, deben abonar las siguientes cuotas en total (incluye impuesto integrado, aportes jubilatorios y a la obra social):
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