Se reduce gradualmente del 35% al 25% la alícuota del impuesto a las Ganancias para utilidades no distribuidas de las empresas. Bajará al 30% en el 2019 y 2020, mientras que llegará al 25% en 2021.
Incorpora al régimen de Ganancias a servicios (hasta ahora no gravados) de contenidos distribuidos por Internet como Netflix y Spotify.
Se aplica una alícuota del 15% para activos en dólares o indexados; y 5% para activos de renta fija en pesos no indexados.
-Inmuebles: Se elimina el impuesto a la Transferencia de inmuebles. Se aplica una alícuota del 15% a la venta de la segunda vivienda sobre la diferencia con el precio de compra.
Se devuelve el crédito fiscal del IVA a las empresas que hayan realizado inversiones y no la hayan recuperado en un plazo máximo de seis meses.
Se elevan la alícuotas por venta de bebidas alcohólicas (Whisky, coñac, otras blancas) al 29%; de gaseosas azucaradas al 17%, mientras en cigarrillos habrá un efecto “total neutro”.
Los impuestos a los combustibles se simplificarán. Pasarán a ser dos montos de suma fija. Cuando varíe el tipo de cambio real o el precio del petróleo, la nueva estructura del impuesto funcionará como amortiguador y el precio de los combustibles variará menos que bajo la estructura actual.
Se respetarán los pagos a cuenta, reducciones por zona geográfica, exenciones y asignaciones específicas de recursos actuales.
Se modifica el impuesto para que dependa de la cantidad de dióxido de carbono emitido. En principio, afectará a combustibles líquidos y de 2020 en adelante se aplicará también sobre gas natural, GLP y carbón.
Se eliminan los impuestos internos a la venta de celulares, televisores, monitores y artículos eléctricos en general, a los autos de gama media que cuesten entre 380 y 800 mil pesos y a las motos de gama medida que cuesten entre 70 mil y 140 mil pesos.
Se aumentan al 20% la alícuota de impuestos internos a la comercialización de aeronaves y embarcaciones a partir de un precio de 430 mil pesos y motos desde los 140 mil pesos.
Se establece la implementación gradual en cinco años de un Mínimo no Imponible para Contribuciones Patronales, con el cual los primeros $12.000 de remuneración bruta no pagarían esas contribuciones con el fin de incrementar la demanda de trabajo.