Los propietarios del boliche Beara fueron hallados culpables del delito de "homicidio culposo agravado" de las jóvenes Ariana Lizarriaga y Paula Provedo, ocurrido en 2010.

El Tribunal Oral Criminal 7 condenó este miércoles a tres años de prisión condicional y a cinco años de inhabilitación para ejercer el comercio a los propietarios del boliche Beara, al encontrarlos responsables por la muerte de dos jóvenes como consecuencia del derrumbe del entrepiso del local ocurrido en 2010, en tanto absolvió a los funcionarios porteños que debían controlar la habilitación y a los policías federales acusados por cohecho.

Los jueces Gabriel Vega, Gustavo Alterini y Alejandro Noceti Achaval encontraron culpables a los acusados Juan Yun, Agustín Dobrila e Iván Fliess del delito de “homicidio culposo agravado” de Ariana Lizarraga (21) y Leticia Provedo (20), y de “lesiones culposas graves y leves" a más de cincuenta personas afectadas por el derrumbe ocurrido en la madrugada del 10 de septiembre de 2010.

El tribunal tuvo en cuenta las numerosas pruebas presentadas en el juicio sobre la endeblez constructiva del entrepiso, a pesar de la intervención de varios arquitectos y técnicos.

"Todos sabían que Beara estaba siendo utilizado para otras cosas, todos sabían que había un entrepiso con endeblez constructiva, todos sabían que había setecientas personas que era mucho más de lo permitido, entonces todos se tendrían que haber representado el resultado de muerte", argumentó el fiscal Oscar Ciruzzi en su alegato, en base a los testimonios de empleados y clientes del boliche.

El derrumbe ocurrió el 10 de septiembre de 2010 en Scalabrini Ortiz 1638, cerca de las 3.50, cuando terminó un recital del grupo Ráfaga, y minutos después cayó el entrepiso construido con madera y aluminio.

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El boliche, al momento del derrumbe, ya había sido clausurado por irregularidades y el Gobierno porteño levantó esa clausura concediendo una habilitación como "salón de fiestas privadas" cuando en realidad funcionaba como discoteca de libre acceso.

La estrategia de la defensa de los propietarios Yun, Dobrila y Fliess, fue responsabilizar a la empresa de construcción en seco y a sus responsables técnicos por el derrumbe del entrepiso, aunque esas personas fueron absueltas de responsabilidad por el tribunal.

Los tres socios, en sus palabras finales antes el tribunal que los juzgó, dijeron ser “inocentes” y recalcaron que del proceso de construcción de la estructura habían participado tres arquitectos y tres maestros mayor de obras y que esas tareas estaban lejos de sus áreas de competencia.

Por las muertes de Lizarraga y Provedo fueron imputadas 17 personas pero finalmente las condenas recayeron en los propietarios y en el maestro mayor de obra que certificó la obra, Gustavo Amarú, que recibió la misma pena que los socios.

El 3 de agosto próximo, el tribunal dará a conocer la sentencia y sus argumentos tanto jurídicos como fácticos, y todo indica que los condenados apelarán lo decidido por el TOC 7 ante la instancia superior.

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