Además, el artículo 4° del decreto firmado por el jefe de Gobierno establece la prohibición del uso de pirotecnia sonora en “todo evento o espectáculo organizado por el Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires”, lo que incluye actividades oficiales y celebraciones institucionales.
Hasta ahora, regía una resolución de 2020 que delimitaba “zonas calma” en un radio de 100 metros alrededor de las Reservas Ecológicas Costanera Norte y Sur, el Lago Lugano, el Ecoparque y distintos hospitales. Con la nueva disposición, esa restricción se amplía a la totalidad del distrito porteño.
La normativa contempla excepciones puntuales, como el uso de artificios pirotécnicos destinados a emitir señales de auxilio, aquellos utilizados por las Fuerzas de Seguridad y la Defensa Civil, y las actividades que, por razones operativas o de seguridad, requieran necesariamente su empleo.