El Juzgado de lo Social N.º 31 reconoció que la trombosis sufrida por un profesor tras recibir AstraZeneca debe ser tratada como accidente laboral.
Barcelona fue escenario de un fallo judicial inédito que podría marcar un antes y un después en la jurisprudencia española sobre los efectos adversos de las vacunas contra el COVID-19. El Juzgado de lo Social número 31 reconoció que las secuelas sufridas por Pedro García, docente de Física y Química, tras recibir la vacuna AstraZeneca deben ser consideradas como accidente laboral.
García, que entonces tenía 45 años, fue convocado en febrero de 2021 a vacunarse en el marco de la campaña nacional dirigida a trabajadores esenciales. Semanas después desarrolló una trombosis severa que lo mantuvo internado más de tres semanas, incluida una en terapia intensiva. Los médicos diagnosticaron una trombocitopenia trombótica inmune inducida por la vacuna Vaxzevria, reacción reconocida oficialmente por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).
El tribunal aceptó el planteo de su defensa, a cargo del abogado Francesc Feliu, y dictaminó el 17 de marzo pasado que existía un vínculo directo entre la vacunación y la actividad profesional del afectado. En consecuencia, el cuadro clínico no debía encuadrarse como una enfermedad común, sino como un accidente laboral. La diferencia resulta crucial: implica mayor cobertura sanitaria y protección social para el trabajador.
La Asociación de Trabajadores Esenciales Afectados por la Vacuna de AstraZeneca (ATEAVA) celebró la decisión como “el primer gesto de justicia” tras cuatro años de reclamos. “Es un reconocimiento público a un recorrido de silenciamiento”, expresaron.
Aunque García logró estabilizar su salud, arrastra secuelas permanentes: una obstrucción en la vena que conecta con el hígado que obliga a controles médicos continuos y podría derivar en complicaciones futuras.
El fallo, pionero en España, abre la puerta a nuevas demandas de trabajadores esenciales que hayan padecido efectos adversos similares. Más allá de su alcance individual, la sentencia plantea un debate de fondo sobre la responsabilidad del Estado y de las farmacéuticas en el marco de emergencias sanitarias globales.