El hecho sucedió en la ciudad de Pontevedra y la Justicia describió sus expresiones como "objetivamente ofensivas y suficientemente graves".

La Audiencia de Pontevedra confirmó la sentencia de un juzgado de primera instancia que condenó por un delito de calumnias a la madre de un alumno de una escuela primaria ubicada en la localidad de Vigo.

La mujer deberá pagar una multa de 630 euros por haber agredido a una profesora de su hijo en un grupo de WhatsApp donde además de la docente coincidían los demás padres de la clase.

“Esto es lo que os voy a decir lo que está sufriendo mi hijo. La profesora se dedica a zarandearlo de malas formas, a tirarlo del brazo, se burla de él, le tira las fichas del puzzle al suelo, le come el bocadillo...Con esto os quiero decir que controléis a vuestros hijos que le preguntéis por esta individuo y si pasa con alguno más tenemos que hacer fuerza entre todos y plantarle cara”, fue la advertencia de la madre del niño.

El fallo apunta que, ante esta situación, la profesora acudió a los juzgados de lo civil para celebrar un acto de conciliación ante un juzgado de Vigo que terminó sin avenencia entre acusada y denunciante.

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La sentencia se fundamentó en que “las expresiones son ya objetivamente ofensivas y suficientemente graves para considerar menoscabada la dignidad y el honor de la perjudicada, que la claridad de las expresiones excluye la posibilidad de que la acusada no fuera consciente de su significado, dado el contexto en que se profieren” y subrayó como agravante la “falta de rectificación” tanto en el propio grupo del servicio de mensajería instantánea, como en la conciliación y en el juicio por parte de la madre.

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