La comuna brindará el ataúd, los vehículos de traslado, la cruz reglamentaria y los trámites de rigor, sin costo alguno e incluirá la posibilidad de realizar velatorios en una sala del Cementerio Municipal.

El Concejo Deliberante de Morón aprobó por unanimidad un Proyecto de Ordenanza para la prestación del servicio de sepelio gratuito a personas de bajos recursos sin cobertura social, que incluirá la posibilidad de realizar velatorios en una sala del Cementerio Municipal de ese distrito.

La normativa, impulsada por el área de Desarrollo Social del municipio, sirvió para institucionalizar la asistencia que ya existía en la comuna, y que incluye a beneficiarios pertenecientes al PAMI.

“La Ordenanza permite realizar el trámite para acceder al beneficio, no solo al familiar, sino también a personas que acrediten interés ante la inexistencia de un familiar directo o indirecto, pudiendo realizar el trámite un amigo, amiga, vecino o conocido, mediante exposición civil, garantizando el derecho a la despedida sin obstáculos sanguíneos o vinculares que impidan su realización”, explicó la concejala del Frente de Todos de Morón, Daniela Burgos.

Gracias a esta iniciativa, la comuna ofrecerá la posibilidad de realizar velatorios en una sala que se encuentra en etapa de construcción en el Cementerio Municipal de Morón, así como también se podrá llevar a cabo en los domicilios particulares de las familias de la persona fallecida.

Para la realización del sepelio, el municipio brindará el ataúd, los vehículos de traslado, la cruz reglamentaria y los trámites de rigor, sin costo alguno.

La flamante Ordenanza establece a su vez la eximición por cinco años corridos del cien por ciento del pago en concepto de Tasa de Derechos de Cementerio que pudiera corresponder a los beneficiarios del presente Servicio de Sepelios.

Para acceder al beneficio, el responsable del fallecido no debe disponer de Obra Social que contemple esta prestación.

Por otro lado, el grupo familiar conviviente o los vínculos afectivos deben carecer de recursos económicos para hacer frente a la inhumación.

En tanto los ingresos de ese grupo familiar conviviente o de los vínculos afectivos, deben considerarse por debajo de los parámetros determinados por las mediciones del INDEC, respecto de la canasta básica total (CBT).

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