Un joven que mató de seis puñaladas a su ex mujer delante de sus pequeños hijos y pese a que tenía prohibido acercarse a ella por anteriores episodios de violencia, fue condenado a 22 años de prisión, aunque el fallo con un voto en disidencia no contempló la figura de “femicidio”, desatando una polémica y el anuncio de la fiscalía de presentar una apelación para revertir esta decisión y lograr una sentencia a reclusión perpetua.
Tras el juicio por el hecho ocurrido en febrero de 2016 en el partido de Pilar y del que resultó víctima Débora Díaz (de 28 años y madre de tres chicos de 11, 6 y un bebé de meses), dos de los tres magistrados del Tribunal consideraron que el imputado Brian Montenegro (22)’ actuó bajo “emoción violenta” y fundamentalmente, que “no medió violencia de género”.
Los jueces Federico Guillermo Ecke, Osvaldo Rossi y Julio San Martín, integrantes del Tribunal Oral Criminal Nro. 4 de San Isidro, dieron a conocer en una audiencia privada esta condena par el único acusado por el crimen, destacándose que “no había pruebas concretas para demostrar que hubiera mediado una relación violenta y desigual de poder cuando fueron pareja”, aunque frente a “ciertos indicios”, hubo un voto en disidencia.
Por su parte, la fiscal Carolina Carballido Calatayud había solicitado en su alegato que se le aplicara la pena máxima del Código Penal por “homicidio doblemente agravado por el vínculo y por violencia de género”, además del agravante de “desobediencia”, ya que Montenegro violó la restricción perimetral que se le había impuesto para que no se acercara a su ex mujer, quien lo había denunciado.
En tal sentido, si bien restan conocerse los fundamentos del cuestionado veredicto, anticipó que va a recurrir a Casación para apelarlo e insistir con el pedido que había realizado, en coincidencia con la familia de la víctima.
“La violencia de género estaba acreditada. Débora había sido golpeada varias veces, se había separado, había una prohibición de acercamiento y un expediente en la Justicia de Familia donde un psicólogo dijo que era víctima de violencia doméstica y que estaba en alto riesgo”, precisó la titular de la Unidad Funcional de Instrucción Temática de Violencia de Género de Pilar.
Además, Carballido Calatayud afirmó que “salvo en una réplica del alegato, en ningún momento del juicio se habló de emoción violenta y tampoco se reveló ningún hecho que en ese momento le haya hecho perder los frenos inhibitorios. La defensa sólo había planteado que había que bajarle la pena porque era un chico joven”.
Cabe recordar que el episodio se registró en la noche del 22 de febrero de 2016 en una vivienda de la localidad de Villa Astolfi, donde se encontraba Díaz con sus hijos de 11 y 6 años y un bebé, fruto de su relación con Montenegro. Unas horas antes del cometer el crimen, el joven ya le había advertido a una de las hermanas de la víctima que la iba a matar cuando pasó caminando frente a la casa con una botella de vino en la mano.
Según revelaron los investigadores, Montenegro había sido excluido de su hogar por orden judicial y tenía una restricción de acercamiento desde el 28 de diciembre de 2015, ya que Díaz lo había denunciado tras las reiteradas golpizas a las que la sometía. A pesar de esto, el hombre había desobedecido la prohibición perimetral en reiteradas oportunidades pero nunca había sido denunciado ni por la víctima ni por su familia, por lo que la joven no contaba con un botón antipánico.
Montenegro logró ingresar por la fuerza en la casa e increpó a la mujer, a quien encerró a los empujones en una de las habitaciones, donde le asestó seis puñaladas con un cuchillo en el tórax y en la espalda.