Estarían involucrados en una maniobra para despojar de sus bienes a una anciana. Luego de la muerte de la mujer, en 2016, sus sobrinos empezaron a sospechar y radicaron la denuncia por una serie de irregularidades.

Una trama de irregularidades y encubrimiento para despojar de sus bienes a una anciana, quedaron al descubierto tras el fallecimiento de la mujer y salir a la luz una historia de apropiación ilegal de una propiedad en el partido de Moreno, un par de autos, varios objetos de valor y una suma importante de dinero. Como resultado de la denuncia de los familiares, una abogada fue procesada sin prisión preventiva, mientras se investiga a la pareja que cuidaba a la octogenaria y la habían obligado a reconocerlos como herederos con una maniobra fraudulenta.

Luego de la muerte de la anciana, en 2016, sus sobrinos comenzaron a sospechar que algo raro estaba sucediendo y ante una serie de episodios confusos, como el inicio de los trámites de sucesión por ese matrimonio -que no eran familiares directos y se quedaron a residir en la casaquinta de la localidad de La Reja- decidieron radicar la denuncia.

Ahora, se conoció que el titular del Juzgado de Instrucción Nº 14 de la ciudad de Buenos Aires, Ricardo Farías, ordenó el procesamiento sin prisión preventiva de la abogada Susana Locatelli como coautora del delito de “estafa” y le trabó un embargo sobre sus bienes hasta cubrir los seis millones de pesos. Además, se ordenó investigar a Carlos Correa y Ramona Soto, quienes habían sido denunciados por los sobrinos de la anciana Elba Liberatore, los que son representadas por el letrado Ignacio Trimarco. Los defensores de los tres imputados apelaron la medida y ahora deberá resolver la Sala VI de la Cámara de Apelaciones.

“Esta mujer falleció un 5 de julio de 2016 y cuando sus sobrinos fueron a la casaquinta de su tía, en Reja Grande, partido de Moreno, observaron que estaba tomada por la pareja que la cuidaba hace tres años y que ellos conocían”, manifestó el abogado. Agregó que uno de los datos que llamó la atención es que en el sepelio de la anciana, “ni Correa, ni Soto les habían entregado las llaves de la vivienda y luego, pasado un tiempo prudencial, junto con otros familiares decidieron hacer una exposicion civil, como manera previa de dirigirse hacia allí e ingresar”.

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“Cuando entraron, se sorprendieron al notar el faltante de dos vehículos, objetos de valor y efectos personales de Elba Liberatore, pero terminaron siendo víctimas de una contradenuncia. A quienes ellos acusaban de la sustracción de esos bienes, se presentaron en la Policía y los denunciaron por un presunto robo, además de exhibir una escritura que la anciana firmó el 16 de mayo de 2016 en la que Correa y Soto se verían beneficiados con el legado de la casaquinta de la calle Manuel Quintana 1802 de la localidad de la Reja Grande y otros bienes de su propiedad”, puntualizó Trimarco.

En tal sentido, todo apunta que “para ello, la pareja, de común acuerdo, habría exigido a la fallecida que suscribiera el documento que los colocaría como depositarios de parte del acervo”, sostuvo el juez Ricardo Farías, al acusar a la letrada Susana Locatelli de haber estado “en connivencia”’ y de resultar “beneficiada a través de su hijo”. Es que la misma abogada convocó a los sobrinos a su estudio y les refirió que Ramona Soto había “‘obligado” a su tía a efectuar ese testamento, como así también que la anciana “le tenía miedo, que se encontraba muy presionada para hacerlo y que la maltrataba psicológicamente”.

No obstante, contó Trimarco que “los familiares advirtieron que el hijo de la abogada Locatelli era uno de los beneficiados después que ella misma les había dicho que había sido presionada por sus cuidadores para firmarlo, ahí tomaron dimensión de lo que estaba pasando”.

Entonces, según una de las sobrinas de la mujer fallecida, en una oportunidad su tía le mencionó por teléfono que “le tenía miedo al matrimonio que estaba en la casa, que se querían quedar con todo, pero no le dio mayores detalles y luego de esa conversación, los que la cuidaban no le permitieron comunicarse más con ella”.

En uno de los párrafos del procesamiento sin prisión preventiva, el magistrado Farías puntualizó que “es inaceptable y nada dijo al respecto Locatelli que su hijo haya sido favorecido en el legado de la fallecida Liberatore, sumado ello a todos los testimonios escuchados, la transcripción del pen-drive, las escrituras en cuestión, son condiciones claras precisas y contundentes que dirigen todo en un mismo sentido. Es decir que Liberatore fue intimidada a realizar el legado descripto”.

Además, destacó que los acusados se aprovecharon del “estado de indefensión” de la mujer a la que captaron “en razón del vínculo sentimental que la unía con los nombrados y la cercanía donde vivían”’.

Finalmente, el abogado Ignacio Trimarco manifestó: “Discrepo con la calificación adoptada, debido a que la anciana fue obligada mediante intimación a firmar ese testamento. Por lo tanto, entiendo que el delito que debe imputarse es el denunciado por esta querella, que no es otro que la extorsión”.

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