Es para la compra de divisas destinadas a giros de utilidades y dividendos. Todos los detalles, en la nota.

El Gobierno amplió el alcance del Impuesto PAIS tanto para la compra de divisas destinadas a giros de utilidades y dividendos, como para quienes suscriban los Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL). La alícuota será de 17,5%.

La nueva ampliación quedó plasmada a través del Decreto 385/2024 publicado en el Boletín Oficial. El texto lleva las firmas del presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Nicolás Posse; y el ministro de Economía, Luis Caputo.

La normativa señala que a partir de la decisión del Banco Central de permitir que los importadores de bienes y servicios suscriban a los BOPREALES "por hasta el monto de la deuda pendiente de pago por sus importaciones " resulta necesario "extender el alcance del impuesto PAÍS a las compras de billetes y divisas en moneda extranjera para la distribución de utilidades y dividendos y para la repatriación de inversiones de portafolio de no residentes generadas en cobros en el país de tales conceptos".

Según se explica, la decisión apunta a "continuar profundizando los incentivos a la inversión nacional que estimulen la producción y la realización de actividades económicas en el país, garantizando un sendero fiscal sostenible".

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El decreto detalla que las siguientes operaciones quedan incluidas en el Impuesto PAIS:

  • Las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera para la repatriación de inversiones de portafolio de no residentes generadas en cobros en el país de utilidades y dividendos recibidos a partir del 1° de septiembre de 2019, inclusive, en los términos que disponga el Banco Central de la República Aregentina en el marco de la normativa de acceso al mercado libre de cambios.
  • La alícuota establecida será del 17,5 % y el pago del impuesto estará a cargo de quien realice la operación, debiendo actuar como agente de percepción y liquidación la entidad autorizada para operar en cambios por el Banco Central a través de la cual se realice la operatoria de que se trata, en el momento de efectivizarse la operación cambiaria.
  • La suscripción en pesos de “Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre” (BOPREAL) emitidos por el Banco Central o de aquellos bonos o títulos que esa institución emita en el futuro con igual finalidad, por parte de quienes los adquieran en concepto de: pago de utilidades y dividendos, en los términos que disponga el BCRA en el marco de la normativa de acceso al mercado libre de cambios y/o repatriación de inversiones de portafolio de no residentes generadas en cobros en el país de utilidades y dividendos recibidos a partir del 1° de septiembre de 2019, inclusive, en los términos que disponga el BCRA.
  • La alícuota establecida será del 17,5 % y el pago del impuesto estará a cargo del suscriptor, pero deberá actuar en carácter de agente de percepción y liquidación la entidad financiera a través de la cual se realice la integración de la suscripción.

El Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (Impuesto PAIS) es un tributo que fue creado en 2019 por el Gobierno de Alberto Fernández, aplicado como un impuesto de emergencia en ciertas operaciones. El objetivo principal es desincentivar la compra y gastos en moneda extranjera como el dólar debido a su escasez.

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