El máximo tribunal dejó firme los artículos de una medida cautelar que obligan al Estado a actualizar los salariios y la recomposición de programas estudiantiles.

La Corte Suprema de la Nación dejó firme este jueves la cautelar que obliga al Estado Nacional a aplicar dos artículos de la Ley de Financiamiento Universitario que implican la actualización de los salarios, becas y programas vigentes.

El máximo tribunal rechazó el recurso del Gobierno por falta de sentencia definitiva, mantuvo en esta etapa el aumento salarial y la recomposición de programas estudiantiles.

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La resolución fue firmada por los tres ministros del tribunal: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Según surge del fallo, la Corte Suprema desestimó la presentación del Gobierno Nacional y dejó vigente la decisión cautelar dictada en la instancia anterior.

La Suprema Corte sostuvo que el recurso extraordinario, cuya denegación parcial dio origen a la queja, no cumplía con el requisito de dirigirse contra una sentencia definitiva o equiparable, conforme al artículo 14 de la Ley 48.

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En consecuencia, el Tribunal desestimó tanto el pedido de excusación como la presentación directa e intimó al recurrente para que, en el ejercicio financiero correspondiente, haga efectivo el depósito previsto en el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, cuyo pago se encontraba diferido de acuerdo con la Acordada 47/91.

La queja fue interpuesta por el Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Capital Humano - Secretaría de Educación, en su carácter de parte demandada. El expediente tuvo origen en el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11 y luego intervino la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

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La causa nació a partir de un amparo colectivo impulsado por representantes del Consejo Interuniversitario Nacional y de distintas universidades nacionales. El planteo busca que se declare la inconstitucionalidad del decreto 759/2025, por el que el Estado dispuso que la ley 27.795 solo podía ejecutarse una vez determinadas las fuentes específicas de financiamiento.

De todos modos, la cautelar no incluyó el conjunto completo de cuestiones previstas por la ley. Quedaron afuera la recomposición presupuestaria de 2024 y 2025 y otros gastos vinculados con programas de asistencia y fortalecimiento.

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El mensaje de Emiliano Yacobitti

Emiliano Yacobitti, vicerrector de la Universidad de Buenos Aires (UBA), se expresó en las redes sociales luego del fallo de la Corte Suprema.

"Fue un camino largo y difícil. Hoy la Corte Suprema reafirmó que el Poder Ejecutivo debe cumplir la Ley de Financiamiento Universitario. Gracias a una sociedad que nunca renunció a la defensa de la universidad pública como principal motor de movilidad social y herramienta central para el desarrollo del país y el futuro de todos. Luchar por lo correcto siempre vale la pena", dijo .

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