Así lo hicieron ATE y la CTA de los Trabajadores de Neuquén. Consideraron que la norma representa un "retroceso histórico" en materia de derechos laborales y sindicales. Se suma al amparo de la CGT.

La Asociación Trabajadores del Estado (ATE) y la CTA de los Trabajadores de la provincia de Neuquén presentaron este lunes una acción de amparo ante el Juzgado Federal de esa provincia contra el Estado Nacional. El recurso es en reclamo de la impugnación total de la reforma laboral.

La demanda fue firmada por Carlos Quintriqueo en su carácter de secretario general de ambas entidades y solicitó la declaración de inconstitucionalidad de casi todos los artículos de la norma, así como también una medida cautelar que suspenda de inmediato su vigencia y efectos.

Los accionantes advirtieron que la ley representa un "retroceso histórico" en materia de derechos laborales y sindicales, vulnerando principios fundamentales de la Constitución Nacional y tratados internacionales.

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El nuevo amparo se diferencia del que presentó la semana pasada la CGT, Aquel recurso pidió suspender sólo la aplicación de los artículos 90 y 91 de la ley, que son los que aprueban la transferencia de la Justicia laboral del ámbito nacional a la Justicia del Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El escrito de ATE y la CTA-T de Neuquén sostiene que la Ley N° 27.802 reproduce en gran medida el contenido del Título IV del DNU 70/2023, el cual ya fue declarado inconstitucional por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Entre los argumentos destacaron que existe una “violación del principio de progresividad y no regresividad” porque la norma “elimina derechos consolidados sin justificación, desmantelando décadas de protección jurídica”.

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El amparo presentado este lunes se suma al de la CGT.

El amparo presentado este lunes se suma al de la CGT.

Asimismo, hace referencia a la “afectación de la libertad sindical y el derecho de huelga”, debido a que se cuestiona la nueva regulación de los servicios esenciales (artículos 101 y 102), "que amplía de manera ilegítima el listado de actividades -incluyendo banca, comercio electrónico e industria alimenticia- y fija porcentajes mínimos de prestación (75% en esenciales y 50% en trascendentes) que, según la demanda, vacían de contenido el derecho de huelga.

En tanto, considera que implica un “ataque a la negociación colectiva”, ya que se impugnan los artículos 130 a 137 por “fragmentar el sistema de negociación”, dando prioridad a los convenios por empresa sobre los de actividad, poniendo fin de la ultraactividad plena de los conveniosy “dejando a los trabajadores sin protección si no se firma uno nuevo”.

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La reforma laboral, vale recordar, fue reglamentada el viernes pasado a través de una publicación en el Boletín Oficial. La iniciativa estipula cambios en el sistema de indemnizaciones, nuevas reglas sobre salarios y vacaciones, junto con modificaciones en el funcionamiento y regulación de los sindicatos.

La normativa lleva las firmas del presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Manuel Adorni; y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello. “En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la Constitución Nacional, promúlgase la Ley Nº 27.802 sancionada por el H. Congreso de la Nación en su sesión del día 27 de febrero de 2026″, señala el texto.

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