Mercedes Marcó del Pont dispuso la instrumentación de plazos especiales para la presentación y pago de las declaraciones juradas

La titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Mercedes Marcó del Pont, dispuso la instrumentación de plazos especiales para la presentación y pago de las declaraciones juradas de Ganancias e IVA para las empresas, al tiempo que amplió los planes de facilidades de pago para garantizar más herramientas de alivio financiero para las empresas afectadas por el coronavirus.

La medida fue dispuesta en una Resolución General que la funcionaria firmó y que mañana saldrá publicada en el Boletín Oficial, con el objetivo de no sólo alivianar la carga en pagos de las empresas sino contribuir también a sostener los puestos de trabajo ante los efectos económicos de la pandemia.

De esta forma, las empresas medianas y grandes podrán, a partir de la publicación de la Resolución General, duplicar la cantidad de planes de pago permanentes que tienen, con lo que tendrán la posibilidad de presentar hasta un total de seis planes contra los tres vigentes hasta el momento.

Los planes comprenden a obligaciones de la Seguridad Social, IVA e impuestos internos.

Para las pymes, por su parte, se habilitará la posibilidad de incluir en los planes de facilidades el IVA Diferido.

"Se busca contener al sector en un momento de estrés en la cadena de pagos. Hoy la normativa le permite a las pymes diferir 60 días el pago del IVA para amortiguar la diferencia entre el percibido y el devengado, y se podrá meter el IVA diferido en un plan de pagos", explicaron a Télam fuentes de la AFIP.

Además se suspende en mayo los controles del Sistema de Perfil de Riesgo (Siper), en los planes de facilidades de pago de Ganancias.

También todas las empresas -más allá dela categoría en la que se encuentren- podrán acceder a un plan de hasta tres tres cuotas para pagar Ganancias.

La AFIP también pospuso por dos semanas el plazo para la presentación de la declaración jurada y el pago del Impuesto a las Ganancias correspondiente a las empresas que cierran su ejercicio en diciembre.

De esta forma, los vencimientos que estaban previstos para los días 13, 14 y 15 de mayo pasarán al 26 y 27 de mayo.

En tanto que también la AFIP resolvió postergar el plazo para la presentación de Estados Contables y así las empresas que cerraron sus ejercicios en noviembre y que debían presentar sus estados contables el próximo 29 de mayo, se decidió extender ese plazo hasta fines de junio próximo.

Por último, la presentación de la Declaración Jurada y el pago del IVA correspondiente al período fiscal abril 2020 se trasladará a los días 20, 21 y 22 de mayo.

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