Este viernes, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de la Cerveza artesanal Clud Polskie debido a que "no consigna en su rótulo registros de producto alimenticio ni de establecimiento y presenta el símbolo "SIN TACC" y se encontraba a la venta en el establecimiento Dietética Rojas, con domicilio en Rojas 12, Ciudad Autónoma de Buenos Aires". Debido a esto, el organismo dispuso prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del producto en la disposición 674/22018 publicado este viernes en el Boletín Oficial. Asimismo, la ANMAT dispuso en la circular 668/2018 el decomiso y la prohibición de comercializar "los productos en cuyo rótulos luce: "Aceite de Nuez, RNPA 12005275, RNE 12000768", "Nueces Riojanas, RNPA 12005250, RNE 2000766, Sin TACC" y "Harina de Nuez, RNE 2000766", todos ellos marca VITA NUSS". La principal causa de este decomiso y prohibición es que los productos no están registrados o bien lucen en su envase números de Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) o Registro Nacional de Establecimiento (RNE) apócrifos. Finalmente, la ANMAT también prohibió en la disposición 664/2018 la comercialización del "Aceite de oliva El Federal, RNE N° 0400462, RNPA N° 04052942, elaborado y fraccionado por Fincas de Cruz del Eje, Ruta Nacional N° 38 Km 126.2 Cruz del Eje, Córdoba, como asimismo todo producto del RNE N° 0400462" y de todo producto relacionado a ese establecimiento por no cumplir con la legislación alimentaria vigente en la en la provincia de Santa Fe.

Este viernes, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de la Cerveza artesanal Clud Polskie debido a que “no consigna en su rótulo registros de producto alimenticio ni de establecimiento y presenta el símbolo “SIN TACC” y se encontraba a la venta en el establecimiento Dietética Rojas, con domicilio en Rojas 12, Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

Debido a esto, el organismo dispuso prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del producto en la disposición 674/22018 publicado este viernes en el Boletín Oficial.

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Asimismo, la ANMAT dispuso en la circular 668/2018 el decomiso y la prohibición de comercializar “los productos en cuyo rótulos luce: “Aceite de Nuez, RNPA 12005275, RNE 12000768”, “Nueces Riojanas, RNPA 12005250, RNE 2000766, Sin TACC” y “Harina de Nuez, RNE 2000766”, todos ellos marca VITA NUSS”. La principal causa de este decomiso y prohibición es que los productos no están registrados o bien lucen en su envase números de Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA) o Registro Nacional de Establecimiento (RNE) apócrifos.

Finalmente, la ANMAT también prohibió en la disposición 664/2018 la comercialización del “Aceite de oliva El Federal, RNE N° 0400462, RNPA N° 04052942, elaborado y fraccionado por Fincas de Cruz del Eje, Ruta Nacional N° 38 Km 126.2 Cruz del Eje, Córdoba, como asimismo todo producto del RNE N° 0400462” y de todo producto relacionado a ese establecimiento por no cumplir con la legislación alimentaria vigente en la en la provincia de Santa Fe.

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