Habrá penas de hasta $42.800 o trabajos comunitarios para quienes omitan recaudos de cuidado responsable, abandonen un animal doméstico y/o les tiñan el pelo y perjudiquen la salud física del animal

El abandono y maltrato de animales domésticos, incluido el teñido de pelo de las mascotas, será penalizado con multas de hasta 42.800 pesos o trabajo comunitario en la ciudad de Buenos Aires, por una modificación del Código Contravencional que aprobó la Legislatura porteña.

La norma contó con 41 votos positivos del bloque oficialista, Evolución, el Gen y Mejor Ciudad y 15 abstenciones de Unidad Ciudadana, el bloque Peronista y la Izquierda.

La iniciativa recoge la inquietud de un grupo de diputados quienes señalaron que "no hay que ir mucho más allá de las redes sociales para ver animales domésticos en pésimas condiciones, carentes de cuidado, abandonados o en situaciones en las que peligra su salud y bienestar".

Las multas que sancionarán a quien omita recaudos de cuidado responsable serán de entre 6.420 y 21.400 pesos; para quien abandone un animal doméstico se elevarán a entre 21.400 y 42.800 pesos, y en el caso de quienes lo confine "en espacios inadecuados" deberán pagar entre 10.700 y 21.400 pesos.

Los legisladores también aprobaron sancionar con multas de 6.420 a 21.400 pesos a quienes menoscaben "la integridad de un animal doméstico", para lo cual pusieron como ejemplo a las personas que "le tiñen el pelo o cualquier otro acto que pueda provocar un perjuicio para la salud física ó psíquica del animal".

La ley considera "animal doméstico" a todo aquel que por sus características evolutivas y de comportamiento pueda convivir con el ser humano en un ambiente doméstico, recibiendo de su cuidador responsable atención, protección, vivienda, alimento y cuidados sanitarios.

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Al respecto, uno de los impulsores de la iniciativa, Daniel Presti (Vamos Juntos), sostuvo que se trata de que "cualquier persona que opte por tener un animal doméstico o de compañía asuma la responsabilidad tanto de alimentarlo, cuidarlo y brindarle un hogar en condiciones".

Aunque desde 1954 existe una ley nacional que sanciona con prisión de quince días a un año a quienes maltraten o hagan víctimas de actos de crueldad a los animales, el proyecto señala en sus considerandos que la misma "nunca fue modificada, quedando totalmente desactualizada al día de hoy".

La pena impuesta por la ley 14.346 "no es de cumplimiento efectivo y no prevé ningún tipo de multa al respecto", lo que motivó a los legisladores a proponer la incorporación al Código Contravencional de un capítulo dedicado al "Cuidado y Protección de los animales domésticos".

A nivel mundial, países de todas las latitudes promovieron leyes que sancionan a quienes les causen daño o afecten la salud de los animales.

Por ejemplo, Inglaterra fue el primer país en tipificar el maltrato a comienzos del siglo XX y su legislación actual castiga el maltrato con penas de multa y prisión; mientras que Australia sanciona el abandono de animales domésticos con penas de hasta cinco años de cárcel y multas de 100.000 dólares.

En la región, Uruguay establece sanciones de hasta dos años de cárcel para quien mate un animal doméstico y en Colombia las multas por actos de crueldad cuestan hasta 60 salarios mínimos mensuales, y las penas de prisión oscilan entre los 12 y los 36 meses.

En México se castiga con penas de prisión de entre 6 meses y 2 años de encierro y multas de 50 a 100 salarios mínimos a quienes lesionen animales por crueldad o maltrato.

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