Eran utilizados para distintas actividades lucrativas en la Feria de la Virgen de Copacabana ubicada en el barrio porteño de Bajo Flores

La Fiscalía de la Ciudad ordenó el secuestro de siete equinos de la especie denominada poni y una llama, utilizados para distintas actividades lucrativas en la Feria de la Virgen de Copacabana ubicada en el barrio porteño de Bajo Flores.

Los animales rescatados fueron derivados a una ONG proteccionista especializada en recuperación equina denominada CAE.

La UFEMA, Unidad Fiscal Especializada en Materia Ambiental, ordenó el procedimiento realizado el domingo 15 de octubre en horas de la tarde por personal de la División Investigaciones Delictivas de la Policía de la Ciudad con inspectores de la Dirección General de Fiscalización del Espacio Público del GCBA y con médicos veterinarios de la Agencia de Protección Animal.

En el mismo se verificó que los animales eran utilizados para paseos y para sacarse fotos con los visitantes de la denominada Feria de la Virgen de Copacabana que se ubica en Osvaldo Cruz y Perito Moreno a metros de la denominada Villa 1-11-14 en el Bajo Flores.

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En el operativo se secuestraron también cámaras de fotos e impresoras portátiles con las cuales se realizaban las fotografías como así monturas y otros elementos.

El fiscal Blas Matías Michienzi imputó a cada uno de los dueños que se encontraban lucrando con los animales por la contravención del art 86 del CC, en forma provisoria, porque no se descarta que luego de los informes veterinarios y evaluaciones de cada uno de los animales rescatados se modifique la calificación legal si se comprueba que los animales fueron víctimas de actos de maltrato y/o crueldad animal conforme la Ley 14346.

La contravención implica “Usar indebidamente el espacio público -. Quien organiza actividades lucrativas no autorizadas en el espacio público, en volúmenes y modalidades similares a las del comercio establecido, es sancionado/a con multa de diez mil ($ 10.000) a sesenta mil ($ 60.000) pesos. Quien realiza actividades lucrativas no autorizadas en el espacio público es sancionado/a con multa de quinientos ($ 500) a mil ($ 1.000) pesos. No constituye contravención la venta ambulatoria en la vía pública o en transportes públicos de baratijas o artículos similares, artesanías y, en general, la venta que no implique una competencia desleal efectiva para con el comercio establecido, ni la actividad de los artistas callejeros en la medida que no exijan contraprestación pecuniaria”.

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