Con un decreto, el Gobierno permitirá adelantar un día no laborable y dar forma a un fin de semana largo de cuatro días en noviembre.
El Gobierno nacional oficializó un cambio en el calendario de feriados que impactará en lo que resta de 2025. A través del Decreto 614/2025, el presidente Javier Milei dispuso un “enroque intempestivo” que permitirá adelantar un día no laborable y dar forma a un fin de semana largo de cuatro días en noviembre.
La medida introduce un criterio inédito: los feriados que coincidan con sábado o domingo podrán trasladarse al viernes anterior o al lunes posterior. Esta flexibilidad, que no estaba contemplada en la Ley 27.399, apunta a “generar pausas extendidas para dinamizar el turismo interno”, según indicaron fuentes oficiales. La Jefatura de Gabinete, conducida por Guillermo Francos, quedó designada como la autoridad de aplicación para definir los traslados.
En concreto, noviembre contará con un extenso descanso: el viernes 21 será feriado con fines turísticos, que se sumará al sábado 22 y domingo 23. Así, se configura un fin de semana largo de cuatro jornadas, en el penúltimo mes del año.
El feriado del 12 de octubre, Día del Respeto a la Diversidad Cultural, se traslada al viernes 10 del mismo mes, lo que permite un nuevo fin de semana largo. La medida quedó oficializada con la publicación de la Resolución 139/2025 en el Boletín Oficial.
Según la normativa, se traslada el asueto del 12 de octubre de este año al día viernes 10 de octubre. Por lo tanto, se trata de un feriado nacional y no de un día no laborable. De esta forma, en el décimo mes del año se gozará de un feriado que forma un fin de semana largo de tres días.
Por lo tanto, es una jornada de descanso obligatoria, que debe cumplirse en todo el territorio nacional. La ley 20.744, conocida como Ley de Contrato de Trabajo, precisa en su artículo 181 que en los días feriados nacionales rigen las mismas normas legales que para el descanso dominical. Esto significa que, si un empleado es requerido para prestar servicios durante un feriado, tiene derecho a percibir el doble de su salario diario habitual por esa jornada. La decisión de trabajar o no en un feriado no es optativa para el empleador, salvo excepciones específicas que no alteran el régimen de pago.
Estas modificaciones buscan generar pausas extendidas para favorecer el turismo y permitir a los ciudadanos planificar viajes o actividades durante los fines de semana largos.
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