La Justicia confirmó la pena impuesta a Mario Figueroa, acusado del homicidio de su mujer Marcela Poiman, ocurrido en 2015 en un edificio situado en Virrey del Pino al 2500, del porteño barrio de Belgrano

La Justicia confirmó la pena de prisión perpetua para el encargado de un edificio condenado por asesinar en 2015 a su pareja Marcela Poiman, al rociarla con alcohol y prenderla fuego en el barrio porteño de Belgrano, al considerar que existió “homicidio agravado por el vínculo y por haber mediado violencia de género”.

Gustavo Bruzzone y Jorge Luis Rimondi, miembros de la Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional rechazaron así los planteos de la defensa del condenado Mario Figueroa, de 45 años, y aceptaron el dictamen de la fiscal María Piqué, quien había considerado que la sentencia de primera instancia fue “muy sólida”.

La tercera integrante de la sala, Patricia Llerena, no emitió su voto debido a que sus colegas habían coincidido en su argumentación, con lo que quedó firme la condena dictada en noviembre de 2016 por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 24 porteño.

En su momento, la defensa había planteado que la condena era arbitraria y estaba “poco fundamentada”, al sostener la hipótesis de que Poiman, de 41 años, se había “autolesionado” y su esposo sólo intentó ayudarla. Sin embargo, el fallo de la Cámara remarcó que “la única conclusión posible es que el alcohol lo arrojó Figueroa y, como le reprocha la acusación y tuvo por cierto el tribunal, luego le prendió fuego mediante el uso del encendedor que fue encontrado allí quemado”.

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Tal como lo había hecho la fiscalía y el tribunal de juicio, valoraron los dichos de Poiman en la denuncia que la mujer había hecho en 2012 en la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) de la Corte Suprema y que terminó en una suspensión de juicio a prueba y el posterior sobreseimiento de Figueroa.

Para Casación, El TOC 24 en su sentencia tomó en cuenta los testimonios de amigas de la víctima y su psiquiatra para reconstruir “las diferentes fases que comienzan con el estadio de acumulación de tensión que sufrió Poiman, pasando por episodios agudos de golpes y violencia verbal, que se interrumpen, intermitentemente, con actitudes de arrepentimiento de un amante bondadoso”.

“Todos los testimonios describen la relación disfuncional que tenían y resulta innecesario ingresar en cada uno de los matices que nos propone la defensa; como que Poiman era conflictiva, de ‘impulsividad latente’ y también violenta, o que temporalmente se ausentó del domicilio conyugal, queriendo demostrar que eventualmente el mal trato era mutuo”, indicaron los camaristas.

Más precisamente, Bruzzone consideró que se trató “un caso claro de violencia de género, respecto del cual, si algo faltaba, era que el marido matara a la esposa prendiéndole fuego luego de una fuerte discusión, como ocurrió”.

El femicidio ocurrió el 4 de septiembre de 2015, en un edificio situado en Virrey del Pino al 2500, de Belgrano, donde Figueroa discutió con Poiman, quien fue rociada con alcohol etílico y prendida fuego, provocando quemaduras en el 40% de su cuerpo y causando su muerte 20 días después.

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