La Cámara Federal de La Plata ordenó la libertad del empresario jorge Castillo y otros imputados al considerar que no hay pruebas suficientes de lavado y evasión en esta etapa del proceso.

La Sala III de la Cámara Federal de La Plata dispuso la liberación de Jorge Castillo, conocido como “El Rey de La Salada”, al dictar la falta de mérito en la causa que investigaba presuntas irregularidades en la megaféria de Lomas de Zamora. La medida alcanzó también a otros imputados en el expediente, incluidos familiares y allegados.

El fallo representa un giro en una investigación que había derivado en múltiples detenciones y procesamientos por delitos de lavado de dinero, evasión impositiva y asociación ilícita, tras una serie de allanamientos impulsados por la Justicia federal.

La causa había sido instruida por el juez Luis Armella y la fiscal Cecilia Incardona, quienes llevaron adelante más de 60 allanamientos y ordenaron cerca de 20 detenciones. Entre los acusados se encontraban Castillo, su hijo Manuel, su pareja Natalia Luengo y los hijos de su histórico socio, “Quique” Antequera.

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Durante esos operativos se incautaron 41 vehículos y se investigaron movimientos financieros que incluían ingresos por más de 33 mil millones de pesos en cuentas vinculadas al holding de La Salada entre 2021 y abril de 2025.

Muchos de los imputados habían sido procesados con prisión preventiva. Castillo, detenido en su casa de Luján, había obtenido el beneficio de la prisión domiciliaria en noviembre pasado antes de recuperar su libertad tras el fallo de la Cámara.

La justicia sentenció que no existen pruebas suficientes

La mansión de lujan
La mansión de jorge Castillo en Luján vista desde el aire.

La mansión de jorge Castillo en Luján vista desde el aire.

Los jueces Carlos Vallefin y Roberto Lemos Airas concluyeron que no existen elementos suficientes para sostener las acusaciones en esta etapa del proceso. “No hay un análisis fundado acerca de la existencia de alguna maniobra que permita demostrar, al menos en este estado embrionario del proceso, un supuesto de lavado de activos siquiera indiciariamente”, señalaron.

En la misma línea, sostuvieron que “las afirmaciones genéricas y vagas en torno a ambas conductas delictivas no resultan suficientes, ni siquiera con el grado de convicción exigido para esta etapa del proceso”, al cuestionar la solidez de la instrucción.

La Cámara también objetó que la investigación no precisó las circunstancias concretas en las que se habrían cometido las maniobras. Según el fallo, no se analizaron de manera detallada las condiciones de modo, tiempo y lugar, y se recurrió a descripciones generales sobre operaciones comerciales.

En su declaración indagatoria, realizada a mediados de 2025, Castillo reconoció aspectos del funcionamiento del negocio, como el cobro de alquileres en efectivo y el traslado del dinero hacia su residencia, aunque esos elementos no fueron considerados suficientes para sostener la acusación.

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La defensa del empresario, a cargo de los abogados Gastón Marano y Mario Iglesias, cuestionó desde el inicio la validez del proceso. Tras el fallo, Marano sostuvo:“Apenas tomamos la defensa penal de Castillo detectamos una situación insostenible: fue traído a proceso dos veces por los mismos hechos”. El letrado agregó que “en esta segunda ocasión, ya había pasado más de una década desde que no se acercaba al predio de La Salada y la acusación no era otra cosa que un refrito de cuestiones ya analizadas y descartadas por la Justicia”.

Pese a la resolución, la causa no fue cerrada, ya que la falta de mérito implica que la investigación puede continuar si surgen nuevas pruebas que permitan avanzar sobre las responsabilidades penales de los involucrados.

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