Los abogados de las víctimas acusaron al Ministerio Público Fiscal y al fiscal adjunto Gonzalo Nazar de habilitar la medida a favor de la religiosa Kosaka Kumiko, quien deberá portar una pulsera electrónica y tendrá guardia penitenciaria en el domicilio donde quedará alojada

Kosaka Kumiko, la monja japonesa acusada de ser partícipe primaria y también autora de los abusos sexuales a niños sordomudos del instituto Antonio Próvolo en Luján de Cuyo, fue beneficiada con prisión domiciliaria, lo que desató polémica con los abogados de las víctimas.

Los abogados querellantes acusaron al Ministerio Público Fiscal y al fiscal adjunto Gonzalo Nazar de habilitar la medida a favor de la religiosa a pesar de que ella “no cumplió con los requisitos que se exigen para tal fin”.

Desde el Ministerio Público Fiscal aclararon oficialmente que la monja tendrá pulsera electrónica y una guardia penitenciaria en el domicilio donde quedará alojada.

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Pero estas medidas de seguridad fueron indiferentes a los abogados, quienes cuestionaron que el problema es que no se exigió a la monja el cumplimiento de los requisitos que la Justicia mendocina pide a cualquier persona para obtener ese beneficio.

“Mi conclusión es que ha habido aquí una presión grandísima porque se ha hecho una excepción inédita. Es la primera persona en Mendoza que tiene una prisión domiciliaria sin cumplir los requisitos”, manifestó Sergio Salinas, abogado de las víctimas del Próvolo, en declaraciones al Diario UNO.

Salinas apuntó al fiscal adjunto de la Procuración Gonzalo Nazar, jefe inmediato superior del fiscal que investiga la causa, Gustavo Stroppiana.

Reveló que fue Nazar el que le ordenó a Stroppiana que la domiciliaria de Kumiko se hiciera efectiva.

“La resolución del fiscal Stroppiana dice que si bien la Primera Cámara del Crimen le dio la prisión domiciliaria a Kumiko bajo las condiciones que la fiscalía creyera que hacían falta, tras determinados informes para acceder al beneficio, que resultaron negativos, el fiscal expresó que por orden de su superior, Gonzalo Nazar, se otorgaba igualmente la domiciliaria”.

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Desde el Ministerio Público Fiscal admitieron que efectivamente el fiscal adjunto Nazar impartió la orden a Stroppiana de otorgar el arresto a domicilio mientras avanza el proceso judicial y matizaron las críticas de la querella relativizando la polémica por el requisito.

La defensa, patrocinada por el penalista Carlos Varela Álvarez, ofreció primero a una de ellas y como el informe fue desfavorable, ofreció luego a la segunda, que también fue rechazada por las mismas razones.

El abogado Salinas aseguró que “las rechazaron porque las dos eran monjas y se concluyó tras entrevistarlas que ponían por encima las órdenes que le dieran sus superiores de la Iglesia Católica sobre las que les impusiera la Justicia. En esas condiciones no pueden ser cuidadoras de Kumiko”.

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La defensa presentó una tercera cuidadora, que fue aceptada temporalmente, sujeta a lo que resulte del peritaje psiquiátrico al que aún no se ha sometido.

Finalmente el Ministerio Público Fiscal priorizó que había una orden de la Primera Cámara del Crimen ordenando la domiciliaria a favor de Kumiko, la que debía cumplir, y decidió otorgarla, reforzando las medidas de seguridad que había habilitado para la modalidad.

Por esa razón se ordenó la pulsera electrónica y una guardia penitenciaria que estará las 24 horas en el domicilio.

Desde la fiscalía recordaron que Stroppiana se opuso a la prisión a domicilio y que fue la cámara la que se la otorgó y resaltaron que aquella resolución igual fue una victoria para el fiscal y para los querellantes porque la prisión preventiva contra Kumiko quedó en pie, lo que jurídicamente quiere decir que hay elementos de sospecha suficientes para creer que la monja es responsable de los abusos, lo que se develará en el juicio.

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