La prórroga dispuesta por la AFIP es hasta el 31 de diciembre y abarca a monotributistas, Mipymes y otros contribuyentes

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta fin de año la vigencia de distintos beneficios destinados a aliviar el impacto económico de la pandemia sobre los contribuyentes y facilitar trámites en el marco de la emergencia sanitaria.

La prórroga coincide con la extensión del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO), anunciado el viernes por el presidente Alberto Fernández, aunque en el caso de la normativa de la AFIP no se prolongan hasta el 20 sino hasta el 31 de diciembre.

Las medidas instrumentadas por el organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont serán publicadas mañana en el Boletín Oficial.

Entre los principales aspectos se destacan:

Monotributistas: Ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por la falta de pago de sus obligaciones durante noviembre. La normativa también suspendió las exclusiones de monotributistas correspondientes a octubre.

A través de la Resolución General N°4863 se extienden los beneficios vigentes desde marzo. La normativa establece la baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas. La AFIP resolvió que octubre no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.

Embargos y ejecuciones fiscales: Se prorroga la suspensión de los embargos hasta el 31 de diciembre para aquellos contribuyentes inscriptos en el Registro MiPyme. La Resolución General N°4868 también mantiene suspendida la iniciación de ejecuciones fiscales.

Presentaciones Digitales: Se mantiene la obligación del uso del servicio hasta el 31 de diciembre. Para utilizarlo es necesario contar con clave fiscal y Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado.

La decisión está prevista en la Resolución General N°4867 y también posterga, hasta el último día del año, la excepción de registrar los datos biométricos. De esta forma, los ciudadanos no deben concurrir a las dependencias para registrar su foto, firma y huella dactilar.

Planes de pago permanentes: La Resolución General N°4866 extiende hasta el 31 de diciembre los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo previstos para la "adhesión temprana" a planes permanentes.

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