Especialistas en temas previsionales coincidieron en que el fallo de la Corte Suprema sobre el cobro retroactivo de haberes jubilatorios no tendrá impacto fiscal en lo inmediato, sino que se trasladará al año fiscal 2020 y destacaron que la determinación es beneficiosa y justa para con jubilados.
“Nada nuevo para el Estado en términos de costo fiscal porque el Presupuesto 2019 está ya hecho con la pauta de pago de sentencia como si se liquidara con el Indice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC)”, aseguró el defensor de la Tercera Edad, Eugenio Semino.
En ese sentido, agregó que “si tiene algún impacto fiscal, recién se produciría en el año fiscal 2020 y seria una discusión del nuevo presupuesto y de las condiciones y la situación política de ese momento”.
En sintonía con Semino, el analista previsional Enrique Feuillassier hizo la misma consideración y enfatizó que “el día después del fallo no cambia en términos fiscales porque asumiendo que hay la cantidad de expedientes que se supone, hay que hacer cola”.
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“Cuando el gobierno se queja sobre esto, es relativo porque depende más bien de la velocidad de la Justicia pero la Corte está entrampada en su propia jurisprudencia, los jueces no tienen más remedio que hacer lo que se hizo previamente”, indicó Feuillassier.
Por otra parte, indicó que “lo que la Justicia tiene que hacer es resguardar derechos, no puede preocuparse por el costo fiscal y las maneras que tiene el Estado de sobrellevarlo son muchas, tiene instrumentos, puede emitir un bono”.
“El universo al cual favorece el fallo, en términos de seguir liquidando las sentencias como lo vino haciendo la Anses, es 150.000 jubilados que hoy están en juicios, de los cuales hay 11.000 expedientes que ya están en la Corte”, precisó Semino.
El ombudsman de la Tercera Edad sostuvo sobre ese punto que “hay que ver cómo la Corte hace extensivo los efectos, porque hubo antecedentes como el caso Badaro, que en el primer fallo la Corte falló a su favor pero no generalizó el efecto sino que lo envió al Congreso”.
Por su parte, el abogado especialista en asuntos previsionales, Adrián Troccoli, manifestó que “el fallo define a favor de los jubilados, pero no de todos los jubilados”.
Explicó que beneficia a quienes habiéndose jubilado antes de agosto del año 2016 no aceptaron la reparación histórica y “van a insistir” con sus juicios.
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