Lo dispuso el presidente Mauricio Macri a través de decreto firmado en el Boletín Oficial.

El Gobierno dispuso a través del Boletin Oficial que los organismos del Estado Nacional se abstengan de dictar normas que privilegien a familiares. El texto sostiene que no tienen que "establecer privilegios o preferencias para el acceso a los cargos públicos empleos fundadas en vínculos de parentesco".

Lo dispuso el presidente Mauricio Macri en un decreto que firmó junto al jefe de Gabinete. Se deberá disponer "la inmediata derogación de las normas internas que establezcan privilegios o preferencias para el acceso a los cargos públicos y empleos, fundadas en vínculos de parentesco, y que permitan, faciliten, promuevan o fomenten tales privilegios o preferencias para el acceso a dichos cargos y empleos”.

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La norma involucra a toda la administración central del Estado y a los organismos descentralizados, lo que incluye las instituciones de la seguridad social.

También regirá para empresas y sociedades del Estado que abarca, incluidas, las Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria y las Sociedades de Economía Mixta.

De igual modo, tendrán que cumplir con el decreto los entes públicos que incluyen a “cualquier organización estatal no empresarial, con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, donde el Estado nacional tenga el control mayoritario del patrimonio o de la formación de las decisiones”.

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