Los periodistas deberán presentar documentación respaldatoria sobre vinculación profesional, trayectoria y métricas de audiencia verificables. También hay un código de vestimenta, que será formal.

El Gobierno aprobó nuevos criterios para la acreditación y el ejercicio de la labor periodística en la Casa de Gobierno, a través de la Resolución 1319/2025 de la Secretaría de Comunicación y Medios busca garantizar el "acceso plural" a la información pública, reforzar las condiciones de seguridad y fija "código de vestimenta".

La medida, publicada hoy en el Boletín Oficial, deroga la disposición 4/2024 de la anterior gestión y establece la implementación de tres nuevos instrumentos: los "Lineamientos generales y específicos para la acreditación", el "Procedimiento para la solicitud de accesos y acreditación" y un "Modelo de declaración jurada y matriz de evaluación objetiva".

Entre las principales novedades se fija un límite físico de acceso de 25 personas en la Sala de Periodistas "Decano Roberto Di Sandro" y 36 en la Sala de Conferencias, con ingreso sujeto a criterios de evaluación como audiencia del medio, frecuencia de cobertura y especialización temática.

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La normativa también define dos modalidades de acreditación —anual y eventual— e introduce una matriz de evaluación con puntajes mínimos de admisión. A su vez, exige a los solicitantes presentar documentación respaldatoria sobre vinculación profesional, trayectoria y métricas de audiencia verificables y también hay un código de vestimenta.

"Se establece que el código de vestimenta para las conferencias será formal, en razón de la naturaleza institucional del acto y su trascendencia a nivel nacional e internacional", señala la normativa.

La Subsecretaría de Prensa será la autoridad de aplicación y podrá dictar disposiciones aclaratorias.

Los requisitos para los trabajadores de prensa

El medio deberá presentar la siguiente documentación:

- Carta firmada por el/la jefe periodístico/a o editor/a o responsable del medio con datos del medio de comunicación; razón Social y nombre fantasía o marca comercial; nombre completo del Jefe Periodístico o Editor Responsable; tipo de medio; dirección, teléfono y correo electrónico de contacto y servicio informativo que brinda.

- Datos personales de los profesionales de la comunicación y/o representantes del medio; nombre completo, documento de Identidad, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, teléfono celular, correo electrónico; tarea o función, y Curriculum Vitae.

- Constancia que acredite la existencia y vigencia de la vinculación, relación de dependencia u otra, entre el medio de comunicación solicitante y los Profesionales de la comunicación y/o representantes del medio en cuestión.

- En caso de contar con título profesional habilitante como profesional del periodismo o afines, copia del título profesional universitario y/o terciario debidamente homologado por autoridad competente.

Además, los profesionales deberán cumplir un código de vestimenta formal.

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