Los bancos y las entidades financieras deberán informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) los datos y las rentas financieras de sus clientes para la liquidación del Impuesto a las Ganancias del periodo 2018, de acuerdo a una resolución del Gobierno nacional que fue oficializada hoy.
El organismo, a cargo de Leandro Cuccioli, recibirá información sobre las operaciones efectuadas por sus clientes durante el 2018, intereses o rendimientos que puedan estar alcanzados por el nuevo impuesto.
Más allá de los datos personales, las entidades financieras deberán brindar otro tipo de información que dependerá del tipo de operación que se haya realizado: depósitos, títulos públicos, Fondos Comunes de Inversión, Obligaciones Negociables u operaciones en moneda extranjera.
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De este modo, el plazo para remitir la información a la AFIP vence el 15 de marzo, y tendrán que enviársela a sus clientes antes del 15 de mayo para darles tiempo a que presenten formalmente la declaración jurada correspondiente en junio y abonen el impuesto.
A tener en cuenta: el impuesto se paga recién a partir de una ganancia superior a $ 66.917,91 para 2018. Ese valor subirá a $ 104.735,77 para 2019 y se actualizará por el índice de Precios al Consumidor (IPC) cada octubre. Quienes superen ese monto abonan un 5% por sobre las inversiones en pesos y un 15% si son en dólares o indexadas por UVA (Unidad de Valor Adquisitivo) o CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia).
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