La Sala I de la Cámara Federal avaló lo dispuesto por el juez federal Julián Ercolini, por lo que los hijos de Cristina Kirchner tienen inhibidos 16 inmuebles, participación en tres sociedades y un vehículo.

La Sala I de la Cámara Federal confirmó en la víspera la inhibición general de bienes del diputado nacional Máximo Kirchner y su hermana Florencia, ambos hijos de la ex presidenta Cristina Kirchner, en el marco de la causa Hotesur en la que se encuentran imputados.

Fuentes judiciales informaron que el Tribunal confirmó lo resuelto en primera instancia por el juez federal Julián Ercolini y también la inhibición de bienes: entre ellos un total de 16 inmuebles, la participación en tres sociedades (Hotesur, Los Sauces, COMASA) y un vehículo.

El reclamo de los fiscales se había basado en que la ex presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, en marzo de este año, “había cedido su porción de la herencia” del fallecido ex mandatario Néstor Kirchner a favor de sus dos hijos, quienes también integran la sociedad Hotesur, investigada por el alquiler de hoteles a empresas de Lázaro Báez y Cristóbal López, ambos favorecidos con la licitación de obras públicas durante los doce años que gobernó el kirchnerismo al país.

El objetivo de la decisión judicial es impedir que los hijos de la ex presidenta se desprendan de los bienes en lo que dure la investigación por Hotesur.

“Sin que constituya un adelanto de opinión sobre la cuestión de fondo que se debate en las actuaciones principales, comparto la opinión de juez de grado sobre la verificación en el caso del requisito de verosimilitud del derecho”, dijo el juez Jorge Ballestero.

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El magistrado agregó que “el paso procesal adoptado constituye un elemento novedoso que no debe ser pasado por alto en el marco de esta incidencia, por cuanto refleja que el juez ha arribado a un grado de sospecha suficiente con respecto a la hipótesis criminal sobre la que se asienta la medida de seguridad pecuniaria objeto de recurso”.

“Esta medida cautelar resulta ajustada a derecho, ya que en esta instancia del proceso resulta imprescindible asegurar que se mantengan inalterables aquellos bienes que podrían haberse utilizado para la comisión de los hechos, con el fin de resguardar la posible concreción -en caso de resultar pertinente- de una potencial pena de decomisó”, justificó en su voto el juez Leopoldo Bruglia.

“Cabe agregar asimismo que, en este caso particular se dieron concretos sucesos relacionados con movimientos de bienes y dinero que alertan y determinan la urgencia del dictado de la medida cuestionada, para evitar cualquier posible desapoderamiento intencional o no, por parte de los imputados que ponga en riesgo la efectivización del derecho en estas actuaciones”, concluyó el magistrado al argumentar su voto.

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