El Gobierno oficializó un aumento del 1,9% para jubilaciones y pensiones. Aunque el bono extraordinario sigue en $70.000, cambia el tope de ingresos que define quiénes lo reciben completo, de forma proporcional o dejan de cobrarlo.
Los jubilados y pensionados de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) comenzarán a cobrar los haberes de agosto desde el 10 de ese mes con una modificación en el esquema del bono extraordinario. Si bien el refuerzo se mantiene en hasta $70.000, el aumento del 1,9% dispuesto por el Gobierno actualiza el tope de ingresos que determina quiénes percibirán el beneficio completo, quiénes accederán a un monto proporcional y quiénes dejarán de cobrarlo.
Con la actualización por movilidad previsional, la jubilación mínima pasa a ser de $419.827,12. Como el bono extraordinario permanece sin cambios desde marzo de 2024, el nuevo límite para acceder al refuerzo se eleva a $489.827,12.
De esta manera, quienes cobren hasta $419.827,12 recibirán el bono completo de $70.000. En tanto, quienes perciban entre $419.827,13 y $489.827,11 accederán a un monto proporcional, mientras que quienes superen los $489.827,12 dejarán de recibir el beneficio.
Por ejemplo, un jubilado con un haber de $439.827,12 cobrará un bono de $50.000, mientras que quien perciba $479.827,12 recibirá $10.000.
Con el incremento del 1,9%, los principales haberes quedan establecidos de la siguiente manera:
El calendario de pagos de agosto se iniciará el 10 de agosto para quienes perciben la jubilación mínima y continuará de manera escalonada según la terminación del DNI. Los beneficiarios con haberes superiores al mínimo comenzarán a cobrar desde el 25 de agosto, también de acuerdo con la finalización de su documento.
Jubilados con haberes mínimos
Jubilados con haberes superiores al mínimo
comentar