A través de un texto de Cancillería, el Ejecutivo también condenó “la formulación de cargos penales contra el candidato presidencial ganador y la principal líder de la oposición”, por González Urrutia y María Corina Machado, respectivamente.

A 10 días de las elecciones presidenciales en Venezuela en las que Nicolás Maduro se autoproclamó ganador pese a las denuncias de fraude en su contra, el Gobierno argentino reconoció este miércoles el triunfo de Edmundo González Urrutia, principal candidato opositor, a través de un comunicado oficial de Cancillería en el que se condenó “la formulación de cargos penales contra el candidato presidencial ganador y la principal líder de la oposición”.

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“La República Argentina, tal como había adelantado en el comunicado oficial emitido el 2 de agosto, concluye de manera inequívoca que el ganador indiscutido de la elección presidencial que tuvo lugar en Venezuela el 28 de julio es Edmundo González Urrutia. El pueblo venezolano se expresó mayoritariamente en favor de su candidatura y la voluntad popular debe ser respetada. Asimismo, la República Argentina condena la formulación de cargos penales contra el candidato presidencial ganador y la principal líder de la oposición, así como la detención arbitraria de figuras importantes de partidos políticos opositores, periodistas y trabajadores de prensa.

Además, agregaron: “La República Argentina reitera el llamado a las autoridades venezolanas a respetar las obligaciones que emanan de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas en lo que atañe a inmunidad e inviolabilidad de las sedes oficiales. En ese sentido, recuerda que la Residencia oficial argentina en Caracas continúa sin suministro de energía eléctrica, interrumpido hace más de una semana, y solicita una vez más su pronto restablecimiento”.

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El mensaje de González Urrutia

González Urrutia, quien finalmente no acudió este miércoles a la citación del Tribunal Supremo de Justicia chavista, subió un posteo explicando los motivos de su decisión. “No se ha producido debidamente una totalización oportuna y basada en actas de escrutinio puestas a disposición de las organizaciones políticas y candidatos participantes, ni se han realizado todas las auditorias ordenadas por la normativa vigente”.

Las atribuciones constitucionales y legales del poder Electoral están siendo desconocidas y han sido incumplidas de manera flagrante. El Consejo Nacional Electoral (CNE) no ha llevado a cabo las tareas que le corresponden en relación con el proceso comicial dirigido a elegir al Presidente de la República para el período 2025 2031. El CNE no ha producido aún un resultado de las elecciones presidenciales conforme a la Constitución y a la ley”, inició el escrito González Urrutia.

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Luego, remarcó: “Es función del CNE garantizar la transparencia y confiabilidad de los procesos electorales, lo cual solo ocurrirá una vez que se hagan de conocimiento público auténticas actas de escrutinio. Los testigos de organizaciones políticas participantes han puesto a disposición de la candidatura que represento copias de actas que evidencian mi triunfo en las elecciones presidenciales. Debe efectuarse una verificación confiable, con presencia de testigos de las organizaciones políticas y candidatos, y de observadores nacionales e internacionales”.

E indicó que, por los medios de comunicación, “se ha difundido una pretendida citación” para que comparezca personalmente ante la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de consignar material electoral y responder preguntas.

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“Sin embargo, si llegare a acudir ante la Sala Electoral, lo haría en situación de absoluta indefensión porque el trámite adelantado por la Sala Electoral, tal como ha sido anunciado por los medios de comunicación, no se corresponde con ningún procedimiento legal contemplado en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia u otra ley sobre la Jurisdicción Electoral”, analizó.

“Más aún, la Sala Electoral no puede usurpar las funciones constitucionales del Poder Electoral y certificar unos resultados que aún no han sido producidos de acuerdo con la Constitución y la ley, con acceso de los participantes a las actas originales que sirvan de fundamento a una totalización y proclamación y con las debidas auditorías. No puede la Sala Electoral incurrir en coadministración electoral con el CNE, tal como lo ha establecido la jurisprudencia constitucional del propio Supremo de Justicia”, cerró.

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