La decisión se materializó esta mañana cuando el senador provincial por Cambiemos, Juan Pablo Allan, presentó en la Legislatura un proyecto para modificar la Ley de Ejecución Penal bonaerense para adaptarla a la legislación nacional.

La gobernadora bonaerense, María Eugenia Vidal, pidió este miércoles reducir la cantidad de casos en los que los jueces otorgan a los condenados por delitos graves beneficios tales como la libertad asistida, régimen del que gozaba el principal acusado del crimen de la niña Abril Bogado al momento del homicidio.

Esta decisión se materializó esta mañana cuando el senador provincial por Cambiemos, Juan Pablo Allan, presentó en la Legislatura un proyecto para modificar la Ley de Ejecución Penal bonaerense para adaptarla a la legislación nacional.

“Sin dudas, la tragedia de Abril Bogado ha puesto sobre la mesa la necesidad de terminar con los márgenes de discrecionalidad de los magistrados que toman decisiones sin reparar en las víctimas ni en la sociedad en general que se ve afectada cuando liberan a alguien que no demostró superar su peligrosidad”, explicó el senador.

El legislador, con el aval de la gobernadora, destacó que “con esta modificación, que fue consensuada con el ministerio de Justicia bonaerense” se está “poniendo a la ley provincial en sintonía con el régimen nacional y acotando la discrecionalidad de los jueces en los beneficios que pueden otorgar a los presos”.

“Más allá del grado de ideología de cada magistrado, queremos que las condenas graves se cumplan en su totalidad en prisión, y con esta modificación a la ley estamos dando una herramienta concreta a la justicia para que así ocurra”, agregó el senador.

Este proyecto contempla que “no podrán otorgarse salidas asistidas aquellos condenados por homicidio simple y homicidio agravado; lesiones gravísimas agravadas por alevosía o por violencia de género; delitos contra la integridad sexual; y privación ilegal de la libertad coactiva”.

Todos estas figuras también están incluidas en su grado de tentativa, como fue en el caso de José Edgardo Echegaray Biel (32), alias “Pepito”, el acusado del crimen de Abril Bogado (12), quien en 2012 había sido condenado por un intento de homicidio cuya pena se cumplía a mediados de 2018.

Además, también se excluye de ese beneficio a quien cometa “secuestro extorsivo, si se causare la muerte de la persona ofendida; la portación ilegal de armas de fuego, entre otros casos”.

Por último, Allan pidió “que todas las fuerzas acompañen esta iniciativa ya que es una herramienta muy importante que dará certeza a la justicia y tranquilidad a los bonaerenses”.

A nivel nacional, la nueva ley de Ejecución Penal entró en vigencia el 28 de julio último, con su publicación en el Boletín Oficial, luego de que el Congreso Nacional la aprobara el 5 de julio.

La normativa establece que no podrán pedir beneficios como salidas transitorias o libertad condicional, sino que deberán cumplir toda la pena en prisión, los condenados por homicidio agravado, secuestro seguido de muerte, delitos contra la integridad sexual y robo con armas.

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Tampoco podrán ser alcanzados por los beneficios aquellos que cumplan pena por privación ilegal de la libertad coactiva seguida de muerte, tortura seguida de muerte, homicidio en ocasión de robo, trata de personas, condenados por violaciones a la ley antiterrorista, financiamiento del terrorismo, contrabando agravado, y producción y comercialización de estupefacientes.

Este histórico reclamo de familiares de víctimas cobró impulso tras el femicidio de la joven entrerriana Micaela García (21) el 8 de abril último, hecho por el cual fue condenado a prisión perpetua el ex convicto Sebastián Wagner (30), quien cuando ocurrió el hecho gozaba del beneficio de la libertad condicional por una violación.

La nueva ley también estipula que la víctima tendrá derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente ante el juez de Ejecución penal o juez competente, cuando un condenado solicite algún beneficio.

Por ese motivo, el tribunal que dicte la sentencia condenatoria deberá consultar a la víctima si desea ser informada acerca de pedidos del detenido para obtener salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación.

Debido a las reiteradas críticas a la actuación de los jueces de Ejecución Penal, la nueva ley establece que cuando se concedan algunos de los beneficios mencionados, el magistrado deberá notificarlo en el plazo de cinco días al Registro Nacional de Beneficios u otras Medidas Procesales (Renabem), el cual se creará en la órbita del Ministerio de Justicia.

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