El Organismo Ambiental bonaerense, OPDS, será la autoridad de aplicación de la medida que prohíbe el desmonte y la modificación del uso del suelo

El titular del Organismo Ambiental bonaerense (OPDS), Rodrigo Aybar, celebró la reglamentación de la Ley de Protección de Bosques Nativos de la Provincia de Buenos Aires, de la que el organismo será autoridad de aplicación junto al Ministerio de Agroindustria.

"Esta ley es fruto de un gran trabajo del Área de Recursos Naturales de la Provincia y es una deuda que teníamos con los bonaerenses. Buenos Aires era la única provincia que no tenia ley para cuidar sus bosques: una herramienta necesaria para proteger el bosque nativo, estableciendo un uso sustentable y limitando la tala, con el fin de mantener los distintos ecosistemas de la Provincia”, afirmó Rodrigo Aybar.

La ley establece la protección de la totalidad del bosque nativo (969.000 hectáreas) y en el 80 por ciento de esa superficie, prohíbe el desmonte y la modificación del uso del suelo. De este modo, casi un millón de hectáreas conservarán sus características ambientales y su biodiversidad. "Sólo serán autorizadas las actividades que garanticen el desarrollo sostenible del ecosistema", detalló.

Las actividades que se desarrollen en estas áreas, según el texto de la norma, requieren de la aprobación de la autoridad de aplicación local y deberán respetar la subsistencia del bosque nativo.

La norma fue reglamentada esta semana (Ley 14.888 de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos) y publicada en el Boletín Oficial. Establece la "protección de sus 969.000 hectáreas" y prohíbe "el desmonte en el 80 por ciento de esa superficie", así como "la modificación del uso del suelo". Se trata de la reglamentación de 30 artículos de los 46 que contiene la Ley de Bosques, sancionada por la Legislatura en diciembre pasado y promulgada en enero de este año.

La norma establece que los bosques nativos, "que ocupan el 3 por ciento del territorio provincial, constituyen ecosistemas que brindan numerosos beneficios a la comunidad, como la conservación del suelo y la calidad del agua, la regulación hídrica, la fijación de emisión de gases con efecto invernadero y la conservación de la biodiversidad, servicios ambientales necesarios para el concierto y supervivencia del sistema natural y biológico".

Buenos Aires era la única provincia del país que no contaba con una norma legal específica para la protección de sus bosques, tal como exige la Ley Nacional Nº 26.331 de "Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos".

Desde esta semana la Provincia accede a los beneficios de la Ley Nacional, mientras que los propietarios de predios con bosque nativo deberán presentar planes de conservación y manejo sostenible, que serán "propuestos y elaborados por profesionales", y deberán contar "con el aval técnico de la autoridad local de aplicación".

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