El juez Diego Amarante rechazó el pedido de permiso por 60 días por parte del presidente de la AFA ante la falta de precisiones y documentación, a menos de tres meses del Mundial 2026
El juez en lo penal económico Diego Amarante rechazó este miércoles el pedido del presidente de la (Asociación del Fútbol Argentino) AFA, Claudio “Chiqui” Tapia, para salir del país durante 60 días en el marco de la causa por presunta retención indebida de aportes.
En la decisión, que se conoció a 78 días del inicio del Mundial de Estados Unidos, Canadá y México, el magistrado fundamentó su negativa en la falta de precisión de los motivos del viaje, la ausencia de una agenda detallada y la insuficiencia de la documentación presentada por la defensa, informaron fuentes judiciales.
Además, consideró que "no estaban dadas las condiciones para flexibilizar la restricción vigente". Tapia había solicitado autorización para ausentarse del país a partir del 20 de marzo, fecha en la que vence un permiso anterior. El planteo contemplaba compromisos institucionales en el exterior vinculados a su rol como titular de la AFA.
En su resolución, Amarante sostuvo que la “imprecisión de los motivos alegados” y la “falta de actualidad de la documentación” impedían evaluar la proporcionalidad del pedido. También remarcó que los antecedentes del caso no aportaban la solidez necesaria para habilitar una excepción de ese alcance.
El juez añadió que, a diferencia de autorizaciones previas, el nuevo requerimiento presentaba un carácter general y extendido en el tiempo, sin detallar destinos ni actividades específicas, lo que dificultaba garantizar la sujeción del imputado al proceso judicial.
La defensa de Tapia había argumentado que el pedido se apoyaba en el derecho constitucional a circular libremente y en la inexistencia de riesgo de fuga u obstaculización de la causa, al tiempo que destacó el arraigo del dirigente y su cumplimiento de todas las obligaciones procesales.
Los abogados también señalaron que Tapia se presentó a declaración indagatoria sin incidentes ni demoras y calificaron su conducta como “irreprochable”. En ese sentido, sostuvieron que el permiso solicitado no implicaba un perjuicio para el control judicial.
Asimismo, invocaron invitaciones y compromisos institucionales como fundamento de la urgencia del viaje, junto con antecedentes jurisprudenciales en los que se concedieron autorizaciones similares a imputados en situaciones comparables.
Sin embargo, el magistrado consideró que la falta de una agenda cerrada y la indeterminación de los destinos impedían garantizar el control sobre los desplazamientos del dirigente, objetivo central de la medida restrictiva vigente.
Amarante también descartó que existiera un “desgaste jurisdiccional” que justificara una autorización amplia, al señalar que el tribunal respondió en tiempo y forma a los pedidos anteriores.
Por último, recordó que recientemente se habían otorgado permisos puntuales para viajes específicos, pero aclaró que el nuevo planteo difería sustancialmente por su extensión y carácter genérico, lo que motivó su rechazo.
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