La Justicia condenó a una mujer por hostigar y difamar a su expareja durante seis años. La reparación, asciende a cerca de $30 millones con intereses.
Una disputa sentimental que escaló al terreno digital terminó con una condena ejemplar. La Justicia de La Rioja resolvió que una mujer deberá indemnizar a su expareja por una campaña sistemática de hostigamiento en redes sociales, que se extendió durante más de seis años y afectó tanto su vida personal como profesional.
El fallo fijó una reparación económica inicial cercana a los $4 millones, pero al actualizarse con los intereses acumulados desde el inicio del proceso en 2020, el monto final ronda los $30 millones. La sentencia sienta además un precedente relevante en materia de responsabilidad civil por daños al honor en entornos digitales.
El denunciante, un ex integrante de la Policía de La Rioja, aseguró que las publicaciones de su ex pareja derivaron en un fuerte deterioro de su imagen pública. Según el expediente, tras la ruptura en 2019, la mujer comenzó a difundir insultos reiterados, expresiones discriminatorias y acusaciones falsas, incluso vinculadas a una enfermedad de transmisión sexual.
Entre los agravios comprobados figuraban términos como “cornudo”, “chizito” y “coimero”, utilizados de manera constante con el objetivo de desprestigiarlo.
El caso tuvo consecuencias concretas en el ámbito laboral. Al tratarse de un agente en actividad durante parte del conflicto, las acusaciones derivaron en la apertura de un sumario administrativo, lo que bloqueó sus posibilidades de ascenso dentro de la fuerza.
Además, la Justicia determinó que una denuncia por violencia de género presentada por la mujer era falsa y terminó siendo archivada. Este punto fue clave dentro del proceso judicial.
Otro aspecto relevante fue la comprobación de que la acusada utilizaba perfiles falsos y cuentas anónimas para amplificar los ataques. Aunque este tipo de maniobras suele requerir peritajes técnicos complejos, el tribunal logró establecer su autoría mediante prueba indiciaria y testimonial, detectando coincidencias en el lenguaje, las expresiones y los datos privados difundidos.
Más allá de la indemnización económica, la sentencia incluyó una medida inusual: la mujer deberá publicar el fallo en las mismas redes sociales donde realizó los ataques, como forma de reparación simbólica.
Asimismo, el tribunal dispuso que, en caso de incumplimiento del pago, se habilitará de forma automática un juicio ejecutivo para embargar bienes y activos de la condenada.
La resolución refuerza un criterio cada vez más firme en la Justicia: los discursos en redes sociales tienen consecuencias legales cuando vulneran derechos, especialmente el honor y la reputación de las personas.
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