La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo anuló los comicios del gremio metalúrgico y desplazó de su cargo al secretario general Abel Furlán.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo anuló la elección nacional de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM), desplazó de su cargo al secretario general Abel Furlán, que había sido reelecto en esos comicios, y dispuso la intervención judicial del gremio por un plazo de 180 días en el que se volverá a realizar la votación.

La medida fue tomada por la Sala VIII del tribunal laboral, que además declaró nulos los comicios realizados en la seccional Campana de la UOM, por lo cuales se había originado de una causa impulsada por la opositora Lista Naranja, que había denunciado irregularidades en el proceso electoral realizado entre el 2 y el 4 de marzo de 2026.

“Si una es nula, también la otra lo es”, afirmó el juez de Cámara Víctor Arturo Pesino en el voto al que adhirió la magistrada María Dora González.

La Cámara ordenó el “cese inmediato” de Furlán como secretario general nacional de la UOM, junto con el resto de las autoridades electas en marzo pasado. También dejó sin efecto las designaciones realizadas por esa conducción desde su asunción.

Además, el tribunal declaró la acefalía de la organización sindical y designó como interventor judicial al abogado Alberto Biglieri, quien deberá convocar a nuevas elecciones en un plazo de 180 días.

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La Justicia intervino la UOM.

La Justicia intervino la UOM.

Según la sentencia, una de las principales irregularidades detectadas estuvo vinculada a la custodia de las urnas durante tres jornadas consecutivas sin escrutinios provisorios diarios ni garantías suficientes de inviolabilidad del voto.

“La ausencia de salvaguarda de la voluntad de los electores, en una elección que se prorrogó durante tres días, destruyó la objetividad de todo el proceso”, sostuvo el fallo.

Los jueces cuestionaron además que las urnas quedaran bajo custodia de la conducción oficialista en la sede sindical de Campana y consideraron “inaceptable e irrazonable” exigir a los opositores “pernoctar” en el lugar para garantizar el control del proceso.

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La sentencia también remarcó que la Junta Electoral local y la Junta Electoral Nacional incurrieron en “silencio” frente a las denuncias formuladas por la Lista Naranja, opositora al oficialismo.

En otro tramo, el tribunal sostuvo que la UOM desoyó la medida cautelar dictada el 17 de marzo pasado que suspendía la elección nacional prevista para el día siguiente. “La UOM prefirió desoír a esta Sala y seguir adelante”, afirmó el fallo.

Los magistrados consideraron que la intervención judicial es necesaria para “restaurar” la legalidad institucional del sindicato y garantizar un nuevo proceso electoral transparente.

“La intervención judicial (…) no es un acto discrecional que busca limitar la autonomía sindical, sino una respuesta judicial que se alza como el único remedio posible para restaurarla”, concluyó la Cámara.

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