La medida impositiva que rige en la Ciudad de Buenos Aires es para ingresos brutos y patentes de los prestadores y se realiza mediante trámite digital.
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires hizo oficial una nueva medida destinada de exención de impuestos para beneficiar a quienes brindan servicios de transporte para personas con discapacidad.
A través de la resolución 168/AGIP/26, los prestadores podrán acceder a la exención del pago de ingresos brutos y patentes, en el marco de una política orientada a facilitar el acceso a tratamientos, rehabilitación y educación, y en medio de las protestas de familiares de personas con discapacidad pro rectores dispuestos por la Nación para esa área.
La iniciativa llevada adelante desde la Administración General de Ingresos Públicos (AGIP) busca acompañar a un sector considerado clave para garantizar la movilidad y la inclusión de personas con discapacidad.
El beneficio alcanza exclusivamente a los ingresos provenientes de la prestación del servicio de transporte automotor, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus normas complementarias.
Según se informó, el trámite deberá realizarse de manera digital a través de la plataforma TAD (Tramitación a Distancia). Desde el Gobierno porteño destacaron que la medida apunta a simplificar gestiones administrativas y brindar alivio fiscal a quienes cumplen una función esencial dentro de la comunidad.
• Presentación de nota, solicitando el reconocimiento de la exención del pago, suscripta por el representante legal o apoderado de la institución.
• Copia del estatuto o contrato social del contribuyente, en caso de corresponder.
• Copia de la última acta de designación de autoridades y, en caso de corresponder, el respectivo poder.
• Listado de los agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud que contratan el servicio de transporte en los términos de la Ley Nacional N° 24.901 y sus modificatorias y complementarias.
• Copia de las últimas treinta (30) facturas emitidas.
• Copia del título de propiedad del/de los vehículos automotor/es.
• Certificado de inscripción al Registro Único del Transporte Automotor de Pasajeros (RUTAP) en la categoría transporte de personas con discapacidad, emitido por la autoridad de aplicación del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
• Copia del DNI del solicitante.
• Copia de la constancia de CUIT.
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